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En vilo sesiones virtuales del Congreso por Covid-19

Gobierno expidió decreto que las habilitó, pero parlamentarios de todos los partidos coinciden en vacíos para su implementación y advierten que decisiones que tomen pueden ser inconstitucionales.

Por Agencia Periodismo Investigativo |

La polémica apenas empieza. El decreto legislativo 491 del 28 de marzo de 2020 mediante el cual el presidente Iván Duque habilitó al Congreso de la República a sesionar virtualmente, en virtud de la prohibición de la realización de reuniones superiores a 50 personas como método de prevención de la propagación de la pandemia Covid-19, ha sido calificado como inconstitucional y una afrenta a la separación de poderes. De hecho, varios congresistas advierten que fue una táctica para anular el Legislativo.

Faltaban once días para que el Congreso de la República iniciara su período legislativo cuando la Organización Mundial de la Salud, OMS, declaró el Covid-19 como una pandemia. Colombia ya había detectado en el territorio nacional 34 casos. Entonces, el gobierno nacional emitió una cascada de decretos adoptando medidas para enfrentarla, setenta y cuatro en total. 

El ministerio de Salud mediante Resolución adoptó como medida sanitaria el aislamiento y cuarentena de las personas nacionales o extranjeras que llegaran al país provenientes de China, Francia, Italia y España. Dos días después declaró la emergencia sanitaria.

Por su parte, el presidente Iván Duque emitió una serie de decretos ley para hacer frente a la pandemia. El 17 de marzo declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el territorio nacional por 30 días.  Con la declaratoria quedaba facultado para adoptar medidas de alcance legislativo, que en condiciones normales serían del resorte del Congreso. 

Con el poderoso argumento de enfrentar la pandemia que para la fecha de declaratoria de emergencia ya ascendía a 75 casos en el pais, se adoptaron normas orientadas a la prevención, contención del virus y otras que permitirían actuaciones judiciales y administrativas mediante la utilización de medios tecnológicos.  

 

PRESIDENTE IVÁN DUQUE

 

En primera instancia garantizando la prestación de manera virtual de los servicios de acceso a la justicia, notariado y registro, defensa jurídica del Estado y atención al sistema carcelario. Un día después, se emitió otro decreto mediante el cual se impartió instrucciones a alcaldes y gobernadores para que garantizaran el abastecimiento de bienes y servicios de primera necesidad y por supuesto los derechos fundamentales.

Todos parecían tener voz en la crisis de salud pública más grande en el último siglo. jueces, fiscales, altas cortes, gobernadores y alcaldes. Menos los congresistas que más allá de sus opiniones en redes sociales, empezaron a sentirse anulados y algunos a pedir virtualidad para sesionar.

En este contexto, el  15 de marzo, los presidentes de Senado y Cámara, Lidio García y Carlos Cuenca anunciaron la suspensión del inicio de la legislatura que por Constitución debería empezarse al día siguiente, 16 de de marzo. Los congresistas empezaron a recibir la instrucción de permanecer en sus regiones. Ese mismo día, el presidente Duque había anunciado su decisión de suspender clases en colegios y universidades públicas y sugirió lo mismo a las privadas.

A la suspensión de sesiones ordinarias, por el impacto a la salud pública que podía constituir mantener a congresistas, funcionarios de las unidades de técnicas legislativas, UTL, entre otros servidores públicos, interactuando en un recinto cerrado como es el Congreso, se sumó un cuestionamiento público; más de 90 congresistas habían estado en el extranjero en días pasados.

Una crítica que se hizo pública pero que salió a desmentir en sus redes el senador Roy Barreras, “les recuerdo que el periodo de incubación es de 14 días no de tres meses! Ningún congresista viajó luego de 27/03 Y Por que los demás públicos sí deben trabajar? Sin Congreso no hay control. Eso es lo que quieren?.

 

ENFERMOS DE CORONAVIRUS

 

Las voces de los congresistas pidiéndole al presidente Duque expidiera la normatividad necesaria para sesionar virtualmente, se tomaron las redes sociales.

Jhon Arley Murillo Benítez, representante a la Cámara por las comunidades Afro, fue uno de ellos, “ Nosotros ya estamos listos para iniciar sesiones.  Presidente @IvanDuque 40 Congresistas le pedimos que decrete y convoque sesiones virtuales para seguir aportándole al país”, afirmó. 

Así las cosas, el 28 de marzo, el presidente Iván Duque firmó el Decreto Ley 421 de 2020. En el artículo 12 se estableció las reuniones no presenciales en los órganos colegiados de las ramas del poder público. “(...) los órganos, corporaciones, salas, juntas, o consejos colegiados, de todas las ramas del poder público y en todos los órdenes territoriales, podrán realizar sesiones no presenciales cuando por cualquier medio de sus miembros puedan deliberar y decidir por comunicación simultánea o sucesiva. En este último caso, la sucesión de comunicaciones deberá ocurrir de manera inmediata de acuerdo con el medio empleado”.

Sin embargo, la habilitación de las sesiones virtuales del Congreso, no era tan sencillo como conectar a los 268 congresistas por una videollamada o skype, se requería además un software.

Más se demoró en expedirse el decreto que en armarse el debate, pues a juicio de los mismos legisladores el decreto presidencial es inútil e inconstitucional.

 

PRESIDENTE DE SENADO Y DE CÁMARA


En este caso el remedio está resultando peor que la enfermedad. Pues materializar las sesiones ordinarias del Congreso de manera virtual parece una verdadera odisea.

No solo basta el decreto del presidente Duque. Se requiere realizar los estudios para adquirir el software. Modificar la Ley 5 de 1992, es decir el reglamento del Congreso. Con un inconveniente adicional, para modificar dicha ley deben sesionar de manera presencial.

Apenas se modifique la norma y este listo el software, ahí si se podrá realizar las reuniones. En el entretanto, se cumplirá el término del aislamiento obligatorio que finaliza el 13 de abril. Ese día de decidirá si se aplazan nuevamente las sesiones, un hecho que depende de la evolución del coronavirus en Colombia o si se inician las sesiones presenciales.

Para llevar a cabo esto, es necesario modificar las resoluciones y circulares de ministerio de Trabajo y de ministerio de Salud que impiden aglomeraciones mayores a 50 personas.

En caso de que se decida que no hay reunión desde el 13 de abril, esta se deberá realizar desde el 18 de ese mes, fecha en la que finaliza la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica. 

 

MARIA DEL ROSARIO GUERRA Y  SENADOR JORGE ROBLEDO

 

Con dos asuntos por resolver. El primero que la Corte Constitucional se pronuncie sobre la constitucionalidad del decreto que permite las sesiones virtuales del Congreso o no. Y cómo los vacíos jurídicos son enormes, los presidentes de Cámara y Senado se abstendrán de emprender cualquier acción que les represente una amenaza de pérdida de investidura.

Y es que todas las corrientes políticas parecen coincidir en su preocupación, que la virtualidad de las sesiones sea inconstitucional y por lo tanto lo que ahí se decida no tenga fuerza de ley.

Para el Senador Jorge Robledo, la virtualidad no solo es inconstitucional si no es un obstáculo a la función del Congreso. “Mi enfático rechazó a la decisión de Duque de cerrar el Congreso, reemplazándolo por la farsa de uno virtual. En los países con coronavirus no han cerrado los Congresos. Sin Congreso no hay democracia. Descarada violación de la Constitución”. 

En el propio partido de gobierno, el Centro Democrático tampoco hay tranquilidad con las sesiones virtuales. La senadora María del Rosario Guerra manifestó a la Agencia de Periodismo Investigativo, API, “hemos venido trabajando de manera virtual pero con los miembros del partido. Tengo una gran preocupación y es que luego se tomen decisiones  y sean declaradas luego inconstitucionales. En la revisión que hemos hecho creemos que puede haber una inconstitucionalidad. Además en el decreto de emergencia económica y social estrictamente con las sesiones del Congreso no tiene relación”.

En concepto del senador Roy Barreras, la propuesta es inviable. Y al  enviar una comunicación a sus compañeros de bancada y del Partido de La U señaló, “ante la inexistencia de normas virtuales en los respectivos reglamentos y existiendo más bien normas en contrario lo que hace este decreto en la práctica es anular el Congreso. No será funcional. Ninguna decisión será controlable ni válida”.

 

SENADORES ANTONIO SANGUINO, ROY BARRERAS Y CESAR LORDUY

 

En el mismo sentido se pronunció el congresista del Partido Verde, Antonio Sanguino, “el decreto que expidió el presidente de la Republica, es inocuo. Hay un impuse jurídico y es que la ley 5 de 1992, es una ley orgánica que no puede ser modificada por un decreto para que tenga validez legal lo que se vote en las sesiones del Congreso. También hay una interpretación en el sentido que con la declaratoria económica y social, el presidente del Senado y de la Cámara no pierden las competencias para convocar al Congreso virtual, presencial o semipresencial como lo está haciendo España y otro órganos legislativos en el mundo. El Coronavirus se debe enfrentar en democracia y no en régimen autoritario”

Por su parte, el senador Cesar Lorduy del partido Cambio Radical, además de hacer una detallada enumeración de los impedimentos para que la virtualidad en las sesiones del Congreso sea un hecho, advirtió que, “ tenemos que sesionar presencialmente, hasta cuando los procedimientos necesarios para hacer sesiones virtuales sean debidamente aprobados”.

Lo cierto, por ahora, es que el decreto del gobierno generó más dudas que certezas en la realización de las sesiones virtuales del Congreso, pero eso sí, unificó a todos los partidos en su concepción de separación de poderes.

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