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Declaran improcedente tutela de Petro contra la alcaldesa de Bogotá

Petro demandaba la protección de los derechos fundamentales a la Dignidad Humana, al Buen Nombre, a la Honra, a la Presunción de Inocencia y la no Discriminación por razones políticas

Petro 5 Octubre
Por Juan Sebastián García | Mar, 05/10/2021 - 20:50 Créditos: Archivo Particular

El Juzgado 12 Penal Municipal con función de control de garantías de Bogotá resolvió no tutelar los derechos fundamentales a la Dignidad Humana, Buen Nombre, Honra, Presunción de Inocencia, a la no Discriminación por razones políticas, y a la oposición política del senador Gustavo Petro en contra de la alcaldesa de Bogotá, Claudia López.

La denuncia del senador Petro radicó en el siguiente pronunciamiento dado por la alcaldesa de Bogotá el pasado 10 de agosto de 2021: “yo quiero insistir que esta radicalización abiertamente promovida por senadores como Gustavo Bolívar y otros actores del Petrismo, es absolutamente irresponsable y está directamente correlacionada con que se sigan presentando estos hechos de vandalismo en la ciudad. No hay derecho que para hacer política algunos sectores, como ellos, estén radicalizando jóvenes para enviarlos como carne de cañón e incluso terminen en este tipo de actos vandálicos”.

En ese contexto el Juzgado 12 Penal Municipal analizó dicha intervención y afirmó que no se observa “la enunciación del nombre del senador Gustavo Francisco Petro Urrego, y, no se puede hacer una inferencia, que la demandada esté refiriendo a él como autor de la radicalización de los jóvenes, ni al grupo político Colombia Humana, que representa”.

Y aclara que la alcaldesa de Bogotá hace alusión directa, con nombre propio, al senador Gustavo Bolívar quien abiertamente ha promovido dichos actos.

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