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Antioquia decreta toque de queda estricto

Con un paso de 32 a 9 excepciones, Antioquia endurece medidas durante el fin de semana.

Por LeidyHernandez | Sáb, 01/05/2021 - 12:29

El gobernador (e) de Antioquia, Luis Fernando Suárez, anunció las medidas que regirán en el departamento debido al aumento de Covid-19, las muertes, pero además por la situación de orden público generada por el paro nacional contra la reforma tributaria.

De esta forma, en el decreto se lee:

"En relación con el orden público: Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones del Presidente de la República y del respectivo gobernador. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante.

Dictar para el mantenimiento del orden público o su restablecimiento de conformidad con la ley, si fuera del caso, medidas tales como: (...)

c) Restringir o prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes. (...)

PARÁGRAFO 1°. La infracción a las medidas previstas en los literales a), b) y c) del numeral 2 se sancionarán por los alcaldes con multas hasta de dos salarios legales mínimos mensuales".

Además, en el departamento de Antioquia solo se permitirá la compra de víveres o productos de primera necesidad a través de domicilio, mientras que el toque de queda regirá hasta las 5:00 a. m. del lunes. "Cuidemos UNIDOS la vida", manifestó el gobernador. Entre las medidas, leen:

  1. "Decretar TOQUE DE QUEDA, prohibiendo la circulación de los habitantes de los municipios del departamento de Antioquia, desde las 12:00 meridiano del sábado 01 de mayo de 2021 hasta las 5:00 a.m. del lunes 03 de mayo de 2021".
  2. "Para todos los municipios de Antioquia cobijados por el TOQUE DE QUEDA, se prohíbe el consumo y expendio de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio, materializando LEY SECA".
  3. "El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Decreto acarreará como consecuencia, la sanción penal prevista en el artículo 368 del Código Penal; así mismo la aplicación de las medidas contempladas en la Ley 1801 de 2016 y a las multas previstas en el artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto No. 780 de 2016, o la norma que sustituya, modifique o derogue".

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