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Niegan suspensión del nombramiento de Irene Vélez como cónsul en Reino Unido

La medida cautelar de urgencia fue rechazada, permitiendo que el proceso siga su curso ordinario mientras se garantiza el derecho de defensa y debido proceso.

IRENE VÉLEZ EXMINISTRA
Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 19/07/2024 - 12:35 Créditos: Twitter @IreneVelezT

En una reciente decisión, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha negado una medida cautelar de urgencia que buscaba la suspensión provisional del nombramiento de Irene Vélez como cónsul de Colombia en el Reino Unido. La decisión, tomada por el magistrado Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón, concluyó que no existía urgencia justificable para la medida, permitiendo que la solicitud siga el trámite ordinario.

El magistrado destacó la importancia de garantizar los derechos de defensa y debido proceso, otorgando a la demandada un plazo de cinco días para pronunciarse. Esta decisión se basa en el procedimiento establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) para medidas cautelares en procesos de nulidad electoral.

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La demanda argumenta que se vulneraron disposiciones del régimen de carrera contenido en el Decreto Ley 274 de 2000, relacionadas con la ocupación de cargos provisionales y de carrera diplomática y consular. Además, se alega que el nombramiento de Irene Vélez Torres no cumplió con los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano.

El objetivo de la acción judicial es obtener la nulidad del Decreto 0564 del 3 de mayo de 2024, mediante el cual se designa provisionalmente a Vélez Torres como Consejera de Relaciones Exteriores, adscrita al Consulado General de Colombia en Londres.

El magistrado concluyó que el demandante no proporcionó argumentos suficientes para demostrar la urgencia de la medida, señalando que la solicitud cautelar debe tramitarse por el procedimiento ordinario para contar con todos los elementos de juicio pertinentes. Asimismo, no se encontraron motivos para declarar la existencia de un perjuicio irremediable.

La decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca subraya la importancia de seguir los procedimientos establecidos y de garantizar los derechos fundamentales en los procesos judiciales, permitiendo que el caso continúe su curso regular.

 

 

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