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Duque reglamentó cadena perpetua para violadores y asesinos de niños y niñas

El presidente Iván Duque firmó el acto legislativo que reglamenta la máxima condena para violadores y asesinos de menores de edad en el país.

Iván Duque
Por LeidyHernandez | Mar, 06/07/2021 - 12:49 Créditos: Semana

El presidente de la República, Iván Duque firmó el acto legislativo que reglamenta la cadena perpetua para violadores y asesinos de niñas, niños y adolescentes del país. Esta es la nueva reglamentación que incluye la pena más severa de la legislación.

Cabe recordar que Duque ya había sancionado el proyecto de ley de cadena perpetua, y con esta reglamentación se definió, principalmente, que la cadena perpetua no será aplicada en todos los casos de violación sexual u homicidio de un menor de edad en el país, sino que deberán evaluarse agravantes.

De esta forma, se reglamenta que tanto los casos de homicidio como de violencia sexual, los agravantes para imponer la cadena perpetua serán

  • Que la víctima sea menor de 14 años
  • Que esté en estado de indefensión o especial vulnerabilidad, ensañamiento y sevicia
  • Que el victimario sea familiar o custodio de la víctima
  • Que la acción haya sido deliberada, por ejemplo, para ejercer control social o temor.
Cadena Perpetua

Sistema de cuartos y libertad condicional

Respecto al sistema de cuartos y libertad condicional no regirán cuando:

  • La pena impuesta sea la cadena perpetua
  • La prescripción quedará establecida en estos casos después de los 60 años
    • Contará con una revisión que, según los ponentes, se estableció para no violar los derechos de los procesados.

Así, un condenado a cadena perpetua tendrá derecho a:

  1. Revisión de la pena a los 25 años de prisión
  2. Un juez evaluará la capacidad de resocialización del procesado
  3. En caso de considerarlo, enviará a revisión la condena impuesta.

Sin embargo, la reglamentación establece que “cuando haya lugar a la revisión de la pena de prisión perpetua el juez de instancia competente ordenará su modificación por una pena temporal, que no podrá ser inferior al máximo de prisión establecido para los tipos penales de cincuenta (50) años y en caso de concurso de sesenta (60) años”.

 

Condena perpetua

La cadena perpetua también tendrá un control automático, que quedó establecido

“Dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la sentencia condenatoria que imponga la pena de prisión perpetua revisable, el expediente será enviado al superior jerárquico para que proceda a realizar su control automático. Si el primer fallo condenatorio fuere dictado por la Corte Suprema de Justicia, la revisión integral seguirá lo establecido en el numeral 7° del artículo 235 de la Constitución Política, modificado por el acto legislativo 01 de 2018, sobre la doble conformidad. La revisión de la sentencia se concederá en efecto suspensivo”.

El mandatario presidencial confirmó "Sancionamos la Ley Gilma Jiménez, que reglamenta Cadena Perpetua para violadores y asesinos de niñas, niños y adolescentes. Esta norma y la reforma constitucional se logró con trabajo interinstitucional, en equipo, con propósito de país por nuestra niñez".

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