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Tribunal ordena indemnización a excompañera permanente de Jaime Garzón

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca tomó la decisión

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Por Paula Moreno | Vie, 17/12/2021 - 19:27 Créditos: Universidad Javeriana

Esta semana se ordenó por parte del Tribunal Superior de Bogotá la indemnización de Gloria Cecilia Hernández Krog, excompañera sentimental del humorista Jaime Garzón que fue asesinado el 13 de agosto de 1999 en la ciudad de Bogotá.

Tras estudiar una demanda que pedía condenar a la Nación por el crimen de Garzón, el Tribunal ratificó que así lo hizo el Consejo de Estado el 14 de septiembre de 2016 que, en efecto, declaró la responsabilidad del Estado por el crimen que fue calificado como de lesa humanidad.

 

Se cumplen 22 años del fallecimiento de Jaime Garzón/RTVC
Se cumplen 22 años del fallecimiento de Jaime Garzón/RTVC

 

Es por esto que el 19 de diciembre de 2002, el Juzgado 12 de Familia de Bogotá declaró la existencia de unión marital entre Hernández y Garzón que fue confirmada el 15 de diciembre de 2003 por el Tribunal Superior de Bogotá. A partir del estudio del caso en un fallo de 54 páginas, el tribunal afirmó que si hay motivo para indemnizar a la mujer por el daño sufrido.

La decisión dice: "Para la sala, hay lugar a la declaratoria de cosa juzgada parcial en cuanto al objeto y la causa de acuerdo con la decisión adoptada por el Consejo de Estado que declaró la responsabilidad del Estado en la muerte de Jaime Hernando Garzón Forero; sin embargo, hay lugar a acceder a las pretensiones de la demanda de Gloria Cecilia Hernández Krog en calidad de compañera permanente por no haber operado la caducidad del medio de control al ser catalogado por la referida Corporación como un delito de lesa humanidad y acceder al reconocimiento de perjuicios morales y negar las demás pretensiones".

La corporación precisó que el caso estudiado obedeció a una demanda presentada por la madre del humorista, mientras que la actual era adelantada por Gloria Cecilia Hernández Krog en calidad de compañera permanente. Por ello, si cabe la orden de reparación que fue tasada en 200 salarios mínimos legales por concepto de perjuicios morales.

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