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Revocan fallo que obligaba al Estado a reparar víctimas del atentado al Club El Nogal

Familiares de Luisa Fernanda Solarte Angulo y Sergio Alejandro Muñoz Salame, demandaron al Estado bajo el argumento que se sabía que el Club El Nogal estaba en la mira de las extintas Farc. Ahora, el Consejo de Estado desestima la demanda

Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 16/11/2022 - 17:39

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, revocó una sentencia por medio de la cual el Tribunal Administrativo de Cundinamarca condenaba a la Nación a reparar económicamente a las familias de unas víctimas del atentado al Club El Nogal de Bogotá, perpetrado por la otrora guerrilla de las Farc.

Precisamente desestima la demanda de las familias de Luisa Fernanda Solarte Angulo y Sergio Alejandro Muñoz Salame, quienes fallecieron en el atentado.

Las familias de las víctimas argumentaban que pese a que el daño fue producto de un acto terrorista, las autoridades debían resarcir a los demandantes.

Y expusieron que información de inteligencia evidenciaba la intención de las extintas Farc de cometer atentados en Bogotá lo que probaba que la acción era previsible.

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"En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca condenó a la Nación, Ministerio de Defensa, Policía Nacional y Fiscalía General. Concluyó que no se adelantó una investigación sobre los atentados que planeaban ejecutar las Farc en Bogotá, lo cual impidió tomar medidas preventivas que permitieran mitigar un riesgo como el supuestamente materializado", expuso el Consejo de Estado.

Dicha decisión en primera instancia fue apelada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, con el propósito de que el Consejo de Estado absolviera a las entidades condenadas.

Según la defensa, no se probó que el hecho fuera previsible y no hubo evidencia que estuviera dirigido contra funcionarios estatales y que el daño fue causado por un tercero, en este caso las otroras Farc.

Por ende, el Alto Tribunal explicó que el deber que tiene el Estado de garantizar la seguridad de sus ciudadanos no significa que un juez de reparación no deba tener en cuenta las limitaciones que puedan enfrentar las autoridades.

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