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Juez ordena suspensión inmediata de exploración de gas en pozo Uchuva 2

El fallo judicial protege los derechos fundamentales de la comunidad de Taganga y exige una consulta previa antes de continuar con el proyecto.

pozo Uchuva 2 ecopetrol
Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 13/09/2024 - 10:48 Créditos: Ecopetrol

En una decisión clave para la protección de los derechos indígenas, el juez cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta ha ordenado la suspensión inmediata de todas las actividades de exploración y explotación de gas en el pozo Uchuva 2, situado en el Área de Interés de Perforación Tayrona. Esta suspensión se mantendrá hasta que se realice un proceso de consulta previa con la comunidad indígena de Taganga.

La resolución del juez se basa en una tutela presentada por Ariel Daniels de Andreis, gobernador indígena de Taganga, quien defendió los derechos fundamentales de su comunidad a la consulta previa, así como a la protección de su propiedad intelectual, cultural y medioambiental. Daniels destacó que la comunidad se enteró del hallazgo del yacimiento de gas a través de los medios de comunicación, y no directamente del Gobierno Nacional, lo que constituyó una falta de consulta previa obligatoria.

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El juez criticó la falta de coordinación entre las entidades estatales involucradas y la falta de medidas efectivas para proteger los derechos de las comunidades afectadas. En su fallo, el juez ordenó al Ministerio del Interior que revise y corrija la Resolución ST-1630 del 2 de noviembre de 2023, en un plazo no mayor a 30 días, para reconocer explícitamente la presencia del Cabildo Indígena de Taganga en el área de explotación.

Además, el juez ordenó que, una vez corregida la resolución, se autorice la consulta previa con la comunidad en un plazo no menor a 30 días, siguiendo los estándares internacionales y constitucionales. También se ordenó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, en coordinación con el Ministerio de Ambiente, que realice un nuevo estudio de impacto ambiental y sociocultural en un plazo no mayor a 4 meses.

Esta decisión judicial marca un importante avance en la garantía de los derechos de las comunidades indígenas, asegurando que tengan una participación efectiva en las decisiones que afectan sus territorios. 

 

 

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