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Auto de la JEP que responsabiliza a ex Farc de esclavitud

Se trata de una modificación al macro caso 01 que se llamará “toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las FARC-EP”.

Auto de la JEP que responsabiliza a ex Farc de esclavitud
Por LeidyHernandez | Sáb, 06/11/2021 - 07:40 Créditos: JEP

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) respondió a observaciones que había realizado la Procuraduría sobre acciones cometidas por mandos de la extinta guerrilla de las FARC-EP. Se trata del macro caso 01 al que se le incluye la imposición de trabajos forzados por parte de las víctimas como un crimen de lesa humanidad de esclavitud.

Así, el macro caso pasa a llamarse de “toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad” a “toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las FARC-EP”.

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Rodrigo Londoño entre las personas responsables por casos de secuestro / Colprensa

 

Por medio de un auto, la JEP dio a conocer las modificaciones tras acoger las recomendaciones de la Procuraduría General. Se determinó, entonces, que la desmovilizada Farc obligó a varios de sus secuestrados a realizar trabajos forzados a su favor durante su cautiverio.

De esta forma, en el auto se lee por los casos de secuestro y de esclavitud por los que varios excomandantes de las Farc son responsables y deberán responder. Así, entre los implicados se encuentra:

  • Rodrigo Londoño (Timochenko), como responsable de mando del crimen de lesa humanidad de esclavitud, cometido de manera concurrente con el de graves privaciones de la libertad por las unidades militares de las Farc.
  • Jaime Alberto Parra conocido con el alias de El médico
  • Milton de Jesús Toncel Redondo conocido como Joaquín Gómez
  • Pablo Catatumbo
  • Pastor Alape.
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Primera página del auto de la JEP / JEP

 

La JEP determinó que los ex mandos de las FARC-EP “contarán con un término de diez (10) días hábiles bajo la consideración de que la modificación realizada en esta providencia corresponde a la calificación jurídica de conductas ya determinadas por parte de la Sala de Reconocimiento en el Auto No. 19 de 2021 y reconocidas por los comparecientes en su escrito del 30 de abril del 2021″, señala el auto de la JEP.

Cabe resaltar que entre los testimonios, se encontró que dos víctimas del Bloque Sur fueron castigadas por no pagar las sumas impuestas por la guerrilla, por lo que fueron privadas de la libertad y obligadas a trabajar forzadamente.

Además, una enfermera del Hospital de Miraflores, de Guaviare fue obligada a desempeñarse como tal en combate y en curación de heridos de las Farc.

Mientras que en el caso del Bloque Caribe, la Sala determinó que un profesor informó ser secuestrado mientras estaba entregando alimentos a los estudiantes de una escuela rural y que fue maltratado, obligado a trabajar y amenazado de muerte en su cautiverio.

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