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Este es el monto por el que pueden embargarle su cuenta de ahorros
Cuentas de ahorro hasta por $44.614.977 no podrán ser embargadas.
Mediante la carta circular 58 de 2022 publicada el pasado 6 de octubre por la Superintendencia Financiera de Colombia con referencia "Divulgación de los montos actualizados de los beneficios de inembargabilidad y exención de juicio de sucesión para la entrega de dineros", fueron divulgados los montos de inembargabilidad de las cuentas de ahorros.
Según la Superintendencia Financiera las cuentas de ahorros y en depósitos con un monto igual o menor a $44.614.977 tendrán el beneficio de inembargabilidad. Es decir, que si usted tiene una cuenta de ahorros con esa cifra no podrá ser embargada.
Dicho límite no aplica para las deudas o cuotas por alimentos.
Asimismo, la superfinanciera actualizó el monto para los depósitos en cuentas corrientes, cuando una persona fallece y que tengan hasta $74.358.288 podrán entregarse directamente al cónyuge sobreviviente, compañero o compañera permanente, herederos o a uno u otros conjuntamente, sin necesidad de juicio de sucesión.
Los límites señalados rigen del 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023.
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