Hace 24 años uno de los municipios más pacíficos del país, Manta, Cundinamarca no registraba una muerte que no fuera natural. Hoy sus habitantes, 4.393 según información del Dane, viven una conmoción luego de la muerte de una turista y la hospitalización de su pareja por aparente intoxicación por monoxido de carbono, en el glamping Bellavista, uno de los tres de la región.
El pasado 10 de abril cuando iniciaba la Semana Santa, Deisy Yamile Riaño Moscoso y Fabian Guillermo Sarmiento viajaron hasta Manta a pitar un partido de fútbol que finalizó hacia las 10 de la noche.
Indagaron en dónde se podían alojar, les referenciaron el glamping Bellavista, ubicado a un kilómetro de donde se realizó el encuentro deportivo, por la denominada vía circunvalar, a pocos metros del casco urbano del municipio.
Al día siguiente, según la denuncia de los familiares de las víctimas, ellos tenían que salir temprano del lugar, sin embargo, pasaron varias horas y esto no ocurrió. Ante el hecho, los encargados del glamping fueron a verificar que ocurría y se percataron que no respondían.
Según médicos consultados, el monóxido de carbono, CO, es un gas sin olor ni color que genera graves daños en los tejidos e incluso la muerte. Se encuentra en el humo de la combustión de los automóviles, camiones, estufas, fogones de gas y sistemas de calefacción. Se acumula en lugares donde no hay una correcta ventilación pero un detector de CO puede advertir si hay altos niveles del mismo.
Las personas que están dormidas o intoxicadas pueden fallecer por envenenamiento de monóxido antes de presentar síntomas, explicaron los facultativos.
El alojamiento de ecoturismo, según 10 fuentes consultadas y contrastadas, es de propiedad de Raúl Méndez Moreno. Está ubicado en la vereda Fuchatoque, a escasos metros del parque principal, cerca a la piscina semiolímpica de la población.
Méndez Moreno, es mantuno. Hijo de Aristides Méndez Salamanca y Etelvina Moreno. Tiene seis hermanos. Una familia conformada por cuatro hombres y tres mujeres. Todos crecieron en una finca de 5.500 metros cuadrados en la vereda de Quimbita.
Tiene 45 años de edad. Su nombre es muy popular en la población y entre su generación es muy reconocido por ser emprendedor, además los conocen en Manta como caballista, gallero y un comerciante recursivo e independiente.
En 2013 se graduó como diseñador y decorador de interiores. Comercializaba e instalaba pisos de madera. Sin embargo, la empresa Americana de Pisos de la que en redes dice ser su gerente no aparece en los registros de la Cámara de Comercio ni en el Registro Único de Proponentes, Rues.
A su nombre están registrados tres inmuebles. Todos ubicados en Bogotá. Un apartamento, un garaje y un local comercial, pero ninguno en el círculo notarial de Choconta, oficina de registro que corresponde a los bienes de Manta.
Los moradores del municipio le aseguraron a esta Agencia que el predio donde ocurrieron los hechos es familiar. Ahí Raúl Méndez, construyó alrededor de 15 años atrás una casa, una cabaña y desde hace dos meses, el glamping.
Este último generó, según testimonios recaudados, la molestia de sus hermanos pues no contó con autorización de ellos para la construcción y el desarrollo de actividades relacionadas con el servicio de alojamiento.
Mendez Moreno también registra interés en política. Su familia hizo campaña activa en la pasada contienda electoral que eligió alcalde y concejales. De hecho, su hermano mayor, Aristides Méndez Moreno, es concejal de ese municipio por el Partido de La U y es la cabeza de esa familia.
Varios pobladores y vecinos del predio, explicaron la idea de construir un glamping en el terreno familiar, le surgió hace un poco más de dos meses. Ello en el contexto y la búsqueda frecuente que lo caracteriza de diversificar en sus negocios.
Glamping es una palabra fusionada de dos vocablos anglosajones camping y glamour, es decir, un alojamiento de lujo que reduce las incomodidades propias de los campamentos tradicionales, pues garantiza el turismo ecológico, pero con las comodidades de una habitación de hotel pero en medio de la montaña.
El glamping es tan antiguo como el imperio turco otomano que data de1292. De hecho, era el alojamiento lujoso de los sultanes denominados palacios móviles.
Existen nueve tipos de glamping. El más popular es el pabellón o domo; las estructuras conformadas por red de triángulos o domos geodésicos. Además, hay las yurtas construidas en telas delgadas, los iglús, eco longe en madera y las casas de árbol, entre otros menos populares.
Según cifras del Ministerio de Comercio Industria y Turismo, el país recibe un promedio cinco millones de turistas extranjeros y de estos un porcentaje significativo buscan el turismo ecológico.
Para este propósito no había mejor lugar que Manta. Un municipio pesebre en el país, anclado en el noroccidente de Cundinamarca y ubicado a escasos 80 kilómetros de Bogotá por la vía alterna al llano después de la represa del Sisga, entre Machetá y Guateque, Boyacá. Con otro privilegio, tiene una de las mejores vías del país, casi recién inaugurada la Transversal del Sisga.
Pero Manta no es una población turística y tampoco es muy conocida, de ahí su absoluta tranquilidad. Un referente histórico la hace notable. Desde hace varias décadas es conocida por disputarse ser la cuna del caudillo liberal, Jorge Eliecer Gaitán, hijo de Manuela Ayala una docente de esta población que paradójicamente hasta años atrás era un municipio ultra conservador de casas pintadas de azul y blanco.
Sus habitantes, en su mayoría de la tercera edad, cargan a cuestas, ocho, nueve y hasta 10 décadas de vida y de historia. “aquí no se muere cuando toca si no cuando se quiere”, destacó uno de sus pobladores adulto mayor”.
Los pocos nacimientos quedan registrados en Chocontá, la cabecera de la provincia de los Almeidas, pues la población sólo cuenta con un centro de salud.
En este pueblo, donde todos se conocen y cualquier foráneo de una vez es identificado, sólo existen dos hospedajes tipo hostal.
La mínima oferta hotelera se debe a que la única demanda que existe es en el puente de octubre y en el de reyes en enero, cuando se realiza el tradicional festival de la arepa y la gallina y las ferias y fiestas. En esas fechas la población literalmente se duplica.
Por eso, la idea de un glamping era más que atractiva. Una manera de obtener un ingreso adicional ofreciendo una vista única. En las mañanas el horizonte se cubre del rojo cielo del llano, incluso en los días despejados se puede ver el cerro de Macanal, un tesoro ambiental de la región.
Los testimonios entregados por la comunidad, indican que Méndez Moreno intentó proveer de lo necesario su nuevo emprendimiento y ofrecerlo en óptimas condiciones a los turistas interesados.
Sin embargo, omitió una regla de oro, inscribir el glamping en el Registro Nacional de Turismo. En otras palabras, lograr el permiso oficial del gobierno, tras corroborar que este sitio cumpliera con las ocho normas técnicas sectoriales, NTSH, del Ministerio de Industria y Comercio, Sena y Cotelco que versan sobre competencia laboral, clasificación de alojamientos, área de conserjería, requisitos de planta y servicios en recintos de campamento y camping.
Adicionalmente de la normatividad sanitaria establecida en la Ley 9 de 1979, la obligatoriedad de informar a la autoridad municipal el inicio de funcionamiento establecido en el decreto 1879 de 2008, el Estatuto Tributario de 1989 y otros como el marco normativo de gestión ambiental.
En los glamping por ser edificaciones de tela, madera, entre otros materiales, sin ventanas, se eleva la temperatura interior, por eso se requiere de aire acondicionado en su máxima potencia y en los lugares fríos, requiere el uso de calefacción.
Según fuentes del Ministerio de Industria y Comercio, el registro hotelero, las licencias de construcción y en muchos casos hasta ambientales, así como los permisos de la autoridad local son indispensables porque para expedirlos se establece si estos lugares son seguros para los huéspedes.
Para ello se verifica que las instalaciones eléctricas, de gas, sanitarias, sensores, entre otros, se hubieran realizado de manera adecuada, por parte de expertos con licencia y con el mantenimiento necesario.
La última vez que en Manta ocurrió una muerte violenta fue en la Semana Santa de 1998. Esa vez en una vivienda del área rural se presentó una riña familiar que acabó con la vida del padre de familia y una acusación en contra de su hijo atacante.
Dos décadas y medio después se repite la historia. Está vez en un infortunio, era la primera pareja que se hospedaba en aquel lugar.
El fin de semana, Carlos Humberto Rojas, comandante de la Policía de Cundinamarca, aseguró que fueron los uniformados en el vehículo de la entidad que trasladaron de manera oportuna a Fabián Sarmiento para recibir atención médica, y quien fue dado de alta este viernes.
“De manera inmediata ordenamos la suspensión de la actividad de hospedaje informal que se estaba desarrollando en este inmueble particular o privado”, aseguró el oficial.
Ahora, el proceso administrativo en contra del propietario del glamping está a cargo de la inspección de policía de la población quien deberá decidir si el lugar es demolido.
Claudia Marcela y Diana Riaño, hermanas de la víctima, han anunciado que iniciarán las acciones legales correspondientes, “estamos haciendo todos los trámites correspondientes en Fiscalía y Medicina Legal para que se establezca la verdad”.
Lo cierto es que la historia clínica de Fabián Sarmiento establece que no hubo consumo de licor o de sustancias psicoactivas como se señaló en un momento por parte de los responsables del glamping.
Precisamente estos señalamientos fueron los que más indignaron a la familia de las víctimas. “Fueron tan insolentes que hasta hablaron de un pacto de muerte entre ellos” indicó uno de los afectados por la tragedia.
La Agencia de Periodismo Investigativo, API consultó a nueve de los abogados penalistas más importantes del país, frente a una eventual responsabilidad civil y penal que podría recaer sobre el propietario del glamping e incluso de los dueños del terreno en donde fue edificado.
En general, todos expresaron sus conceptos, precisando que no conocen al detalle el caso, excepto por lo informado en algunos medios de comunicación. Para el exministro de Justicia Yesid Reyes, si la muerte de la mujer y las lesiones de su esposo son consecuencia de una fuga de gas atribuible a un descuido, mala instalación o falta de mantenimiento del propietario o administrador del sitio, “respondería el que oferta el servicio y lo haría por el delito de homicidio culposo en concurso con lesiones personales culposas”.
A su vez, el penalista Jesús Albeiro Yepes indicó que en principio podría haber “un homicidio culposo, una negligencia, una falta de precaución respecto a quien alquilo el glamping”. Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia en la Justicia precisó que civilmente podría hablarse de dos tipos de responsabilidad, la del propietario y de quien alquiló u ofreció al público este servicio quienes en principio deberían responder a las víctimas de la prestación defectuosa del alojamiento.
Detalló además que paralelamente existe otra responsabilidad que sería de carácter penal porque la ley establece que no solo responde quien hubiera tenido la intención de asesinar a una persona sino también cuando de manera involuntaria pero por negligencia o impericia se produce el deceso fatal.
“Teniendo en cuenta que, según ha trascendido, la construcción no contaba con licencia ni visto bueno de ninguna autoridad, el incremento del riesgo lo ha ocasionado tanto quien construye el glamping como quien lo ofrece”, resaltó el penalista Juan Manuel Válcarcel, quien reflexionó sobre la necesidad de que quienes ofrecen esos servicios, así como las autoridades, deben controlar este tipo de actividades.
A su vez, el jurista Jaime Granados advirtió que, “en principio el que responde es el que actúa, en este caso el encargado de la ejecución del programa turístico y quien debió haber tomado las medidas de seguridad respondería penalmente, pero dijo que también hay que establecer qué grado de conocimiento tenían los demás, es decir el que ofertó el servicio y el dueño del lote”, aseguró.
El jurista Santiago Trespalacios diagnosticó que en este caso podría configurarse varios tipos de responsabilidad. “La más evidente es de naturaleza civil y recae en los responsables del glamping debiendo responder económicamente por los perjuicios ocasionados”.
En cuanto a la responsabilidad penal advirtió que está depende si se configura la posición de garante que es la situación en que se encuentra quien debe intentar evitar un resultado delictivo y en caso de que no lo haga puede considerarse causa del mismo. “En este caso es posible que las personas naturales involucradas tengan esa posición de garante y por tal motivo podrían responder por un homicidio y unas lesiones imprudentes o culposas”, aseguró.
Para el abogado penalista Wilson Andrés Cadena, el dueño del glamping, en caso de ser distinto al dueño del lote, podría responder por homicidio culposo, la razón es que al momento de habilitar este hospedaje debia tener la totalidad de bienes y servicios en perfectas condiciones.
“Una instalación defectuosa del sistema de instalación de aire o calefacción permite inferir fundadamente la existencia de una infracción al deber de cuidado. Un caso semejante ocurrió en la piscina de un complejo turístico famoso con un ducto de agua que succionó a un niño. Civilmente todos, incluyendo los dueños del lote responde”, resaltó Cadena.
Para el penalista Oswaldo Medina, al no contar con las licencias de operación respectivas y el permiso de la alcaldía del municipio donde estaba ubicado el glamping existe la prestación de un servicio público sin el cumplimiento de requisitos. “Esto en primera medida hubiese podido establecer unas normas de salubridad, seguridad y verificación de los requisitos técnicos que podrían haber evitado la tragedia como sensores”.
Y agregó que la responsabilidad es solidaria en el ámbito civil y responderían los dueños del lote y el que ofertó el servicio. “El que inicialmente se ve afectado con una medida cautelar es el dueño del predio de operaba el glamping. Los delitos en cabeza del dueño del glamping sería de homicidio culposo y lesiones personales culposas agravadas. Y el dueño del predio respondería patrimonialmente si no tiene dinero el dueño del glamping.
El abogado Mauricio Pava advirtió que podría responder por homicidio por omisión pues el dueño sería garante al no controlar el riesgo generado por una calefacción o aire mal instalado.
La investigación comienza a avanzar en la Fiscalía. Es la primera vez que se presenta una muerte en este tipo de alojamientos. Raúl Méndez Moreno no respondió a las comunicaciones efectuadas por esta Agencia. Entretanto, los familiares de las víctimas, la fallecida Deisy Yamile Riaño Moscoso y su pareja Fabian Guillermo Sarmiento, quien se salvó milagrosamente, y aún no sabe que secuelas físicas tendrá, claman justicia.
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