Publicidad


Publicidad

La última carta de la familia de Luis Andrés Colmenares

Acude a la Corte Suprema. Se evidencian inconsistencias en la investigación, imputación y acusación de la Fiscalía. Tres testigos condenados y uno de ellos asesinado rodean un caso pendiente de una decisión final.

Carta Colmenares
Por Agencia Periodismo Investigativo |

El abogado de la familia Colmenares, Jaime Lombana dará la última carta judicial en contra de la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá que confirmó la absolución de Laura Moreno y Jessy Quintero acusadas de los delitos de homicidio doloso y favorecimiento, en el caso de la muerte de Luis Andrés Colmenares.

Este miércoles vence el plazo para interponer el recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de confirmarse el fallo, la absolución de Moreno y Quintero será un hecho y pasara a ser una sentencia ejecutoriada.

Sin embargo, la última batalla legal será un camino lleno de espinas, pues en la sentencia de 153 paginas del Tribunal Superior de Bogotá se evidencia el caos en el que terminó convertido el proceso por cuenta de las inconsistencias en la investigación, imputación y acusación realizada por la Fiscalía. 

Paradójicamente, cuando faltan cinco meses para cumplir once años de la muerte de Luis Andrés Colmenares, el 30 de octubre de 2010, luego de una noche de rumba y disfraces en la discoteca Penthouse en la denominada zona rosa de Bogotá, son pocos los condenados.

Los únicos por un caso en el que la justicia no pudo esclarecer si se trató de un homicidio o un accidente, son los tres testigos falsos que el ente acusador utilizó ante un juez para sindicar a Laura Moreno y Carlos Cárdenas como los responsables de la muerte de Colmenares.
 

Laura y carlos
Los estudiantes Carlos Cárdenas y Laura Moreno en una reunión social.


Meses después, se demostró que los testigos estrella de la Fiscalía, mintieron. Hoy, son los únicos condenados por este caso.  Se trata de Wilmer Ayola, Jonathan Martínez y Jesús Alberto Martínez, condenados por fraude procesal, falso testimonio y fraude a subvención a 8, 6 y 7 años, respectivamente.

En el caso de Jesús Alberto Martínez, fue asesinado en la penitenciaría La Picota, el 16 de agosto de 2018 mientras cumplía su pena por estos hechos.

Este fue uno de los capítulos sombríos en el manejo de la investigación por parte del ente acusador. Una entidad que entre los años 2013 y 2020 ha sido condenada a pagar $1.3 billones por 6.249 casos de privación injusta de la libertad. 

De hecho, en curso existen 13.398 demandas por esta misma causa y cuyas pretensiones ascienden a 18.2 billones, casi lo que se pretendía recaudar con la fallida reforma tributaria.

Para la Sala Penal del Tribunal Superior, con ponencia del magistrado Jairo José Agudelo Parra, la Fiscalía no demostró jamás su teoría del caso, es decir  que la causa de la muerte de Luis Andrés Colmenares fuera homicidio y no un accidente como lo ha sostenido la defensa de las jóvenes procesadas.
 

Fiscalía genra
Según la juez  y el Tribunal de Bogotá, la Fiscalía tuvo fallas en el proceso.


Uno de los aspectos que cuestionó el Tribunal fue un hecho que advirtió la juez 11 de conocimiento que dictó la sentencia de primera instancia en la que absolvió a Moreno y Rodríguez. Esto es que el ente acusador desconoció el principio de congruencia. En otras palabras, que los hechos imputados, la acusación y los alegatos de conclusión no versaron sobre lo mismo.

Por ejemplo, en los alegatos de conclusión, la Fiscalía solicitó se condenara a Laura Moreno por el homicidio agravado en posición de garante a título de dolo eventual. Su argumento fue que tenía una relación con Colmenares, porque ella lo recogió en su casa en su vehículo y porque tomaron licor. Es decir, no solicitó condena por lo que al parecer hizo sino por lo que omitió al aparentemente no informar a tiempo.

Incluso la juez de primera instancia advirtió que la formulación de imputación en contra de Laura Moreno y Jessi Quintero fue confusa y desordenada, implicó un máximo esfuerzo para entender los hechos jurídicamente relevantes, “pues parecía un monólogo, una novela llena de especulación”, aseguró la funcionaria judicial.

Tanto a la juez de instancia como los magistrados del Tribunal tuvieron que ceñirse a los hechos relatados en la acusación y no en los alegatos de conclusión, por ejemplo, porque existía una variación por parte de la Fiscalía de los mismos.

En concreto, mientras en la acusación se señaló a Laura Moreno del delito de homicidio por una acción de la entonces estudiante, al final se habló de homicidio pero porque no impidió un resultado.

 

jessy quintero
Jessy Quintero, estudiante, amiga de Laura Moreno.

 

La contradicción de los hechos señalados por el ente acusador, según el Tribunal, va en contra del debido proceso y el derecho de defensa, pues las acusadas al final no tenían claro ni cuáles eran los hechos que les endilgaban.

“No puede la Sala pasar por alto la contradicción que envuelve el discurso anterior en el sentido que la acusada omitió una acción de auxilio... sabiendo que estaba dentro del caño herido y embriagado”, cuando la teoría del caso de la Fiscalía fue que a Luis Colmenares lo asesinaron fuera del caño y luego lo trasladaron ahí.

El Tribunal hizo un llamado a la Fiscalía al recordarle que es esta entidad la que  tiene el deber de probar una acusación y no el imputado de demostrar que es inocente. Esto porque en el recurso de apelación, la entidad argumentó que no tenía la carga probatoria de demostrar quien golpeó a Luis Andrés Colmenares, quien ocultó el cuerpo, cómo lo hicieron y en qué momento.

En el fallo advirtió que el programa metodológico del ente acusador no fue eficaz, pues la recolección de las primeras evidencias y toda la actividad inicial le apuntó a que la causa de la muerte había sido un accidente.

Otro de los puntos álgidos fueron las necropsias a realizadas a Luis Andrés Colmenares. La primera a juicio de la Fiscalía fue incompleta y para la segunda se contrató a un experto forense ajeno a Medicina Legal.
 

Fotografia de los abogados penalistas Jaime Lombana y Jaime Granados
Jaime Granados y Jaime Lombana abogados penalistas del caso Colmenares


Al caso llegaron de parte de la Fiscalía y la defensa varios bloques de expertos médicos y científicos pero no existe concordancia entre estos y el resultado. Incluso, entre los mismos de la defensa.

Leslie Rodríguez médica forense del Instituto Nacional de Medicina Legal realizó la primera necropsia. Luego Máximo Duque exdirector de esas entidad. Por  parte de la defensa Miguel Botella, Yocasta Brugal y Germán Alonso Aguilar. Sin embargo estos últimos no pudieron analizar el cuerpo de manera directa y personal como si lo hicieron los peritos de la Fiscalía.

Pero el Tribunal encontró otra dificultad y es que el procedimiento realizado por el perito de la Fiscalía, Máximo Duque estuvo plagado de errores y en virtud de ellos no pudo darle tampoco mayor aceptación a los de la defensa pues estos se basaron en ese peritaje.

La única conclusión que fue aceptada por todos los peritos es que la causa de la muerte fue por asfixia por sumersión en medio líquido, la diferencia estuvo en que llegaron a conclusiones distintas a la manera de la muerte.

El Tribunal también encontró acertado que la juez de primera instancia hubiera desestimado el peritaje del médico Máximo Duque porque no cumplió con las exigencias para estos casos establecidas en la resolución 5194 de 2010 del Ministerio de Protección Social.
 

 

Laura Moreno y Jessy Quintero
Laura Moreno y Jessy Quintero en una de las audiencias del caso Colmenares


No se pudo establecer si otras seis personas que aparecieron en las fotografías de la segunda necropsia de Duque manipularon el cuerpo o no, adicionalmente se cuestionó que este “arrancó con sus manos y con un cuchillo de cocina las partes momificadas de la cabeza, sobre una caja de cartón donde se ve un buen nivel de desorden”.

Y es que en dicho peritaje no se usaron las herramientas apropiadas en este tipo de examen y como si esto no fuera suficiente se evidenció que se modificó el estado original del cadáver, pues hasta hizo un lavado del cráneo.

El primer peritaje realizado por la doctora Rodríguez para la Fiscalía se ejecutó once horas después de que se encontrar el cadáver en el caño. Su conclusión fue que tres hechos desencadenaron la muerte, el trauma craneoencefálico y  la depresión del sistema nervioso central por haber ingerido alcohol lo que proporcionó que entrara líquido en sus vías respiratorias. Pero además aseguró que Colmenares estaba vivo cuando ingresó al caño.

Con otro hecho, once meses después, la misma Fiscalía acudió a un forense ajeno a la entidad adscrita como es Medicina Legal que contrató a Máximo Duque.

El Tribunal advirtió que no deja de ser curiosa la manera en que Duque se vinculó al caso pues cuando fue indagado el forense dijo que se enteró que los “juzgados de Paloquemao el fiscal 11 de vida, necesitaba asesoría forense y yo le dije que estaba a sus órdenes”.

máximo Duque
Máximo Duque, médico forense fue objeto de cuestionamientos en el caso.


Aunque la ley no prohíbe que forenses distintos adscritos a Medicina Legal realicen peritajes para la Fiscalía, a los magistrados les pareció un hecho inusual no acudir a los de Medicina Legal. La exhumación se realizó el 7 de Septiembre de 2011 en el cementerio de Villa Nueva, Guajira. 

Para la segunda instancia no hubo claridad si se consideraron las condiciones del lugar donde se realizó ese nuevo peritaje, ni la logística y las personas que deberían estar y el porqué.

Duque le narró a la juez que encontró el féretro en mal estado por la humedad del lugar, que se llevó la cabeza al hospital del lugar para realizar unas radiografías para determinar qué no tuviera objetos metálicos.

Todo el procedimiento fue cuestionado por la juez, los magistrados y los peritos de la defensa pues no se observó en lo mínimo las guías y los manuales establecidos por Medicina Legal que regulan el procedimiento de cadena de custodia. El forense Duque ni siquiera usó la indumentaria de rigor.  “Es, por decir lo menos, trasluce escaso profesionalismo con efectos en toda la diligencia” advirtió el Tribunal.

En las fotografías presentadas por Duque para demostrar el peritaje, se observó un hombre con una toalla amarilla terciada en la nuca, una mujer con chanclas y pantalón corto consumiendo una bebida y otro hombre que le suministra agua en un balde deteriorado. El lugar donde se hizo la necropsia fue en un osario con techo.

 

Medicina Legal
El Instituto de Medicina Legal, tuvo parte activa en el proceso.

 

De otra parte, el médico español Miguel Cecilio Botella, catedrático de evolución humana y antropología forense de la Universidad de Granada y quien ha practicado más de mil exhumaciones en 25 años de experiencia, cuestionó íntegramente la segunda necropsia.

Dijo que los protocolos establecen que cuando se va a practicar una radiografía a un cadáver ésta debe hacerse antes de iniciar el proceso de necropsia  “Los restos están puestos sin la cabeza ha sido eliminada y ha sido traslada del sitio, está en suelo, (...) estamos viendo algo que no puede aparecer en una autopsia que restos de tejido de una parte y otra, restos de venda y tejido resultado de la putrefacción” advirtió Botella.

En cuanto a las demás pruebas también el Tribunal observó inconsistencias y contradicciones entre los testigos, desde los policías que actuaron como primeros respondientes, hasta los bomberos que buscaron el cuerpo por primera vez en el caño, sin cruzarlo del todo.

Ni siquiera los análisis link de las llamadas que realizaron esa madrugada Laura Moreno, Jessy Quintero y Luis Andrés Colmenares fueron concluyentes. Pues mientras la Fiscalía aseguró que Quintero no estuvo en el lugar entre las 3:00 am y las 3:30, el testimonio de las personas que afirmaron en juicio que la recogieron en la calle 85 con 15 y la llevaron al CAI del parque El Virrey desmentirían la versión del ente acusador.

En virtud de las pruebas establecidas en juicio tanto de la Fiscalía como la defensa el Tribunal confirmó la sentencia absolutoria pues la Fiscalía no logró demostrar el delito de homicidio ni la responsabilidad de las acusadas.

Ahora, la última palabra la tendrá la Corte Suprema de Justicia, quien deberá llegar a una conclusión a partir de una investigación, imputación, acusación y juicio que estuvo empañado por señalamientos, cuestionamientos y un amplio despliegue mediático.
 

También le puede interesar:

 

 

 

 

 

Escríbanos


 

Etiquetas