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Un fallo señala que se podrá decomisar droga solo si se comprueba que es para la distribución

Por LeidyHernandez | Lun, 20/07/2020 - 06:24

Por medio de la sección primera, el Consejo de Estado emitió un fallo en el que la Policía solo puede decomisar sustancias psicoactivas cuando se compruebe que son distribuidas o para comercializar.

De esta forma el Decreto 1844, promulgado por el presidente Iván Duque el 1 de octubre de 2018, que ordenaba a la Policía decomisar las dosis mínimas de los usuarios en el espacio público ya no podrá ser.

Según el fallo, la Policía debe hacer el proceso de verificación donde compruebe que la droga es comercializada o que el porte de la misma está afectando los derechos de terceros. Se lee que "No se puede desconocer la órbita personal de los derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad de los consumidores que con su actuar no lleguen a afectar a terceros o a otros bienes jurídicos indisponibles”.