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Dan dos meses de plazo a MinSalud pagar deudas con las EPS
La orden hace parte del seguimiento que la Corte Constitucional realiza a la sentencia T-760 de 2008, que declaró la salud como un derecho fundamental.
La Corte Constitucional le dio un plazo de dos meses al Ministerio de Salud para que pague la totalidad de los recursos que se adeudan a las EPS por concepto de servicios y tecnologías en salud que no están cubiertos por los Presupuestos Máximos ni por la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
Esta orden hace parte del seguimiento que el alto tribunal realiza a la sentencia T-760 de 2008, que declaró la salud como un derecho fundamental y estableció una serie de medidas para garantizar su efectividad.
Entre esas medidas, se encuentra la llamada orden vigesimocuarta, que busca asegurar el flujo de los recursos que el Gobierno nacional debe girar al sistema de salud para financiar los servicios y tecnologías que se prestan a la población y que no están incluidos en el plan de beneficios.
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Para cumplir con esta orden, el Gobierno expidió el Acuerdo de Punto Final en 2019, mediante el cual se comprometió a cancelar a las EPS todos los valores pendientes hasta diciembre de ese año, con el fin de evitar la acumulación de nueva deuda a favor de las EPS y las IPS.
Sin embargo, la Corte Constitucional encontró que, a la fecha, no se ha realizado el pago total de esta deuda, que según el Gobierno se completaría en agosto de 2022. Además, evidenció que hay montos sin cancelar que fueron aprobados dentro del acuerdo, sumas de dinero que no se negociaron en el acuerdo porque se discuten en procesos judiciales, y que a partir de 2020 surgió una nueva deuda en favor de las EPS y las IPS por la prestación de estos servicios, que en gran medida se relacionan con la emergencia por Covid-19.
Ante esta situación, la Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Salud que, en un término máximo de dos meses, desembolse la totalidad de los recursos aprobados en el Acuerdo de Punto Final que no hayan sido cancelados, y que adopte las medidas necesarias para garantizar el pago oportuno y eficiente de los recursos que se generen a partir de 2020 por concepto de servicios y tecnologías en salud no cubiertos por los Presupuestos Máximos ni por la UPC.
La Corte Constitucional advirtió que el incumplimiento de esta orden podría generar sanciones de tipo disciplinario, fiscal y penal contra los funcionarios responsables, y que seguirá haciendo un estricto seguimiento al cumplimiento de la sentencia T-760 de 2008, que considera fundamental para la protección del derecho a la salud de los colombianos.
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