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Servicios públicos y vivienda medidas de gobierno para superar crisis en Catatumbo
Ministerio de Vivienda anuncia las nuevas decisiones.
El Gobierno Nacional, mediante el decreto 121 de 2025 y a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, estableció las medidas para garantizar el acceso a agua potable, saneamiento básico y vivienda de la población de Catatumbo, atendiendo temas relacionados con los servicios públicos y ajustes en los Planes de Ordenamiento territorial para vivienda.
Medidas de Ordenamiento Territorial
Para atender las necesidades habitacionales de la población afectada por desplazamiento o confinamiento, a raíz del conflicto que se vive en el Catatumbo, estos son los dos mecanismos que establece el Decreto 0121 de 2025:
El primero permite a los municipios revisar, actualizar y modificar los instrumentos de planificación del territorio, como el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), con el fin incorporar suelo o ajustar las normas urbanísticas. Esto tiene como propósito establecer zonas aptas para atender a la población afectada.
Esta medida, sin afectar determinantes ambientales ni suprimir la competencia de los concejos municipales y atendiendo la urgencia que se vive en la región, podrá adoptarse en un plazo máximo de 15 días calendario.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio acompañará a los entes territoriales con asistencia técnica y fortalecimiento de capacidades durante el proceso para agilizar el trámite de modificación del POT. Además de incorporar la oferta institucional para desarrollar proyectos con programas como Barrios de Paz.
Mediante el segundo, el decreto también autoriza el mejoramiento, adecuación o construcción de viviendas rurales sin el trámite de licencia, siempre que estas intervenciones garanticen la seguridad de los habitantes y la estabilidad de las edificaciones. De esta forma, las familias que están confinadas podrán optar por alternativas habitacionales de reubicación que salvaguarden su integridad en zonas sin confrontación armada.
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Medidas en agua y saneamiento básico
Durante la vigencia del decreto de Declaratoria de Conmoción Interior los municipios donde se declaró el Estado de Conmoción Interior a través del Decreto 062 de 2025 podrán otorgar subsidios para la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo de hasta el 90 % para los suscriptores que acrediten ante la misma entidad territorial que se encuentran confinados o hayan sido desplazados como consecuencia de los hechos que llevaron a la declaratoria de conmoción interior.
Esta medida podrá ser financiada con los recursos del Sistema General de Participaciones para agua potable y saneamiento básico.
Con esta norma, se busca impedir la extensión de los efectos negativos causados por los hechos que dieron origen al estado de conmoción interior, garantizando la continuidad en la prestación de los servicios públicos esenciales, equidad social y accesibilidad económica a los ciudadanos.
Adicionalmente, estos municipios podrán destinar los recursos necesarios del Sistema General de Participaciones de Agua Potable y Saneamiento Básico (SGP-APSB), para apoyar financieramente las actividades de operación y mantenimiento de los sistemas de acueducto, alcantarillado, aseo, esquemas diferenciales o medios alternos, para la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de medidores y acometidas que se hayan visto afectadas por la alteración del orden público.
Igualmente, con esta fuente de recursos se podrá financiar la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de medidores y acometidas que se hayan visto afectadas por la alteración del orden público.
Además se instó a las entidades territoriales a que acudan al mecanismo de apoyo para la inversión y sostenibilidad de los sistemas de aprovisionamiento, del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para solicitar recursos destinados a solucionar problemas que sean resultado de los enfrentamientos bélicos entre los grupos que originaron la grave perturbación al orden público.
Por último, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio podrá estructurar y ejecutar proyectos de agua y saneamiento básico que tengan por objeto garantizar la continuidad en la prestación efectiva de estos servicios a la población que se haya visto afectada por los hechos que originaron la declaratoria del estado de conmoción, para ello las entidades territoriales y/o los prestadores de los servicios públicos, podrán informar a esta entidad sobre infraestructura afectada.
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