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Embargos a deudores por multas de tránsito genera polémica en Bogotá

La medida fue aprobada en el actual Plan de Desarrollo de la ciudad.

multas tránsito
Por Agencia Periodismo Investigativo | Dom, 26/05/2024 - 16:58 Créditos: Imagen tomada de El Tiempo

La Comisión Primera de Plan y Administración Distrital aprobó el Plan Distrital de Desarrollo para Bogotá, que incluye 329 de los 380 artículos propuestos por la Alcaldía de Galán. Después de seis jornadas de debate en el Concejo de Bogotá, la discusión culminó la noche del 25 de mayo.

El plan destina 142 billones de pesos para alcanzar cinco objetivos principales, entre los cuales se encuentran la mejora del servicio de alumbrado público mediante impuestos, la extensión de la primera línea del metro hasta la calle 100, y un descuento del 80% para quienes tienen deudas tributarias con el distrito.

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Uno de los artículos más controvertidos, el artículo 107, permite al distrito embargar bienes de deudores de multas de tránsito. Propuesto por la concejala Cristina Calderón del Nuevo Liberalismo, esta medida faculta al distrito a apoderarse de productos financieros de quienes no paguen sus infracciones.

La Secretaría de Movilidad deberá diseñar una estrategia para asegurar el pago puntual de las multas, publicando en su sitio web la cantidad de dinero recaudado y su destino. “Esta estrategia incluirá medidas coactivas, tales como el embargo de los productos bancarios y financieros conforme al procedimiento dispuesto en la normativa vigente, para todos aquellos deudores morosos con multas pendientes de pago”, especifica el artículo.

Una medida anticipada

Desde 2022, se había contemplado la posibilidad de embargos para deudores de infracciones de tránsito en Bogotá. Una resolución en proceso proponía embargar a quienes no pagaran sus obligaciones de tránsito, deudas pendientes o acuerdos de pago en mora.

Los ciudadanos podrían ser declarados contraventores y sus multas pasarían a cobro coactivo, generalmente 30 días después de la infracción. Esto permitiría embargar cuentas bancarias, bienes inmuebles, vehículos, salarios y honorarios de los deudores.

La Secretaría Distrital de Movilidad ya había ordenado 11,829 embargos de productos bancarios y financieros para deudores por infracciones cometidas entre 2018 y 2020. Según el artículo 838 del Estatuto Tributario Nacional, los embargos pueden ascender hasta el doble del monto de la deuda original, más intereses.

Para asistir a los ciudadanos, la Secretaría de Movilidad ha puesto a disposición un “Abecé” de desembargos en su página web, que incluye un paso a paso para solicitar el desembargo una vez la deuda esté saldada. Puede consultarse en https://www.movilidadbogota.gov.co/web/abecedesembargos.

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