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Alcaldía de Bogotá deberá reubicar a indígenas del Parque Nacional en máximo 10 días
La población indígena ya completa tres meses refugiados en este lugar
El juez Tercero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Suba dio a conocer fallo de la tutela interpuesta por el personero de Bogotá, Julián Pinilla por los derechos de los indígenas que se encuentran hacinados en el Parque Nacional desde el pasado mes de septiembre, en la que obliga a la Alcaldía de Bogotá a reubicar a la población en un lapso no mayor a 10 días.
En el fallo, se establece que deberán garantizar las condiciones de salubridad respetando su etnia. "Ordenar a la Administración Distrital que, producto de las concertaciones con las autoridades indígenas, se adelante la identificación de un lugar de reubicación dentro del Distrito Capital con las condiciones higiénico- sanitarias adecuadas, y que respete sus usos, costumbres y tradiciones culturales y en general la aplicación del enfoque diferencial étnico indígena, absteniéndose de segregar a las comunidades indígenas", se lee en el documento.
"Deberán proceder a identificar un inmueble que garantice las condiciones de habitabilidad, identidad étnica, cultural, costumbres religiosas y/o ancestrales, sin que ello implique la segregación de las familias, mientras se resuelve la situación de retorno a los territorios, dentro del término de (10) días siguientes a la notificación de la presente providencia, el cual deberá ser puesto en consideración de las autoridades indígenas".
Además, también se solicita a las comunidades indígenas que permitan el ingreso de los funcionarios de la Alcaldía al campamento para hacer las labores correspondientes de caracterización de la población en la que es de vital importancia tener en cuenta las necesidades de las comunidades embera de acuerdo a sus tradiciones.
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