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Fallo de la Corte Constitucional: Procuraduría respaldada en suspensión de funcionarios electos
La Corte aclaró alcance de fallo de la Corte IDH en suspensiones temporales, tras polémica con alcalde de Riohacha y presidente Petro.
La Corte Constitucional ha emitido un fallo respaldando las facultades de la Procuraduría General para suspender a funcionarios electos por voto popular, en medio de una disputa con el presidente Gustavo Petro, quien había rechazado la orden de suspender al alcalde de Riohacha, José Bermúdez Cotes.
En la revelación del fallo se destacó que la Procuraduría tiene el poder de sancionar a funcionarios como alcaldes. Sin embargo, este proceso debe ser revisado y aprobado por el Consejo de Estado.
Este enfrentamiento surgió después de que el presidente Petro rechazara la orden de la Procuraduría de suspender a Bermúdez Cotes, investigado por irregularidades en la gestión de la red de acueducto y alcantarillado de Riohacha. Petro argumentó que un fallo de 2020 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) prohíbe a las autoridades administrativas destituir a funcionarios electos por voto popular.
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Sin embargo, la Corte Constitucional ha clarificado que el fallo de la Corte IDH se refiere específicamente a sanciones por inhabilidad y destitución, no a suspensiones temporales. El alto tribunal también enfatizó que la jurisprudencia de la Corte IDH no prevalece sobre la Constitución colombiana.
Se espera la publicación oficial del fallo en los próximos días para acceder a detalles completos sobre la decisión.
La situación se complicó aún más el pasado 25 de julio, cuando el presidente Petro declaró que no acataría la orden de suspensión del alcalde de Riohacha, alegando restricciones al ejercicio de los derechos políticos y posibles violaciones de los derechos humanos.
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La procuradora Margarita Cabello respondió defendiendo la legalidad de la suspensión y recordando que tenía la aprobación del Consejo de Estado. Esta no es la primera vez que Cabello y Petro chocan en este tema. En mayo de 2022, se produjo una situación similar con el alcalde de Medellín, Daniel Quintero.
En esa ocasión, el abogado constitucionalista Edier Esteban Manco Pineda aclaró que la decisión sobre Quintero no se veía afectada por el fallo de la Corte IDH de 2020, una interpretación que coincide con la reciente decisión de la Corte Constitucional.
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