Publicidad

 
Publicidad

Juzgado 55 de Bogotá rechaza recusación de la defensa de Uribe contra la juez Sandra Heredia

Decisión judicial allana el camino para la continuación inmediata del juicio contra el expresidente

URIBE VELEZ 6 FEBRERO
Por Agencia Periodismo Investigativo | Jue, 27/03/2025 - 09:26 Créditos: Captura de pantalla del juicio de Álvaro Uribe

El Juzgado 55 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá declaró infundada la recusación presentada por la defensa del expresidente Álvaro Uribe contra la juez 44 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, Sandra Heredia. Con esta determinación, el proceso en contra del exmandatario por presunto soborno a testigos podrá continuar sin nuevos retrasos.

La decisión judicial se fundamentó en la inexistencia de manifestaciones extraprocesales que pudieran afectar la imparcialidad de la juez Heredia. Según el fallo, no se encontraron indicios de parcialidad ni acciones discriminatorias que justificaran la recusación presentada por el abogado defensor Jaime Granados.

“Por el contrario, se observa que el actuar de la juez estuvo encaminado a garantizar un trato igualitario a las partes, desprovisto de un querer discriminatorio o considerativo de las circunstancias particulares del procesado o de las acciones emprendidas por la defensa, manteniéndose incólume su imparcialidad y asegurando con ello que los sujetos procesales y el conglomerado social confíen en la administración de justicia”, se lee en el auto.

Lea también (Trump impone aranceles del 25% a automóviles fabricados fuera de EE. UU.)

El equipo jurídico de Uribe había argumentado que la juez Heredia vulneró los derechos fundamentales del exmandatario al rechazar la recusación en cuestión de minutos, sin un análisis profundo de los fundamentos de la solicitud. Según la defensa, esta decisión demostraba una actitud parcial y un afán de celeridad procesal que podía ir en detrimento de las garantías procesales.

Sin embargo, el Juzgado 55 enfatizó que la actuación de la juez 44 se enmarcó dentro del respeto a los derechos de todas las partes y a los principios constitucionales. La decisión resaltó que la defensa de Uribe contaba con mecanismos para impugnar decisiones y que, de hecho, ya había logrado la aprobación de pruebas clave a través de estos recursos legales.

“No existe duda sobre el respeto a las garantías procesales inherentes a las partes, incluida la doble instancia, conforme lo dispone el artículo 31 de la Constitución Política, pues como lo mencionó el doctor Jaime Granados, fue por intermedio de este mecanismo que logró el decreto de las pruebas pretendidas”, señala el fallo judicial.

 

 

Otras noticias: 


 

Etiquetas