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Corte Suprema absuelve a Hugo Aguilar en proceso por contratos
El Alto Tribunal concluyó que no hubo responsabilidad penal en los convenios firmados con la Corporación Parque Nacional del Chicamocha.

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al exgobernador de Santander, Hugo Aguilar, de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación, tras un extenso proceso judicial relacionado con convenios firmados entre 2005 y 2007.
Las actuaciones investigadas correspondían a los convenios 033, 072, 157, 264 y 268 de 2005; 028, 029, 039, 078, 277 y 361 de 2006; y 868 de 2007, suscritos entre el departamento de Santander y la Corporación Parque Nacional del Chicamocha (Panachi).
En el análisis de la Corte, aunque se comprobó que Aguilar desconoció los principios de legalidad, transparencia e igualdad en la celebración de los convenios, el tribunal determinó que no procedía reproche penal debido a la aplicación del principio de confianza.
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En efecto, la Sala explicó que el principio de confianza, dentro de la teoría de la imputación objetiva y relevante en actividades laborales complejas, se encontraba acreditado en este caso. Se demostró que Aguilar actuó bajo delegación y ejerció vigilancia y control conforme a la ley, motivo por el cual no se le podía atribuir responsabilidad penal en el tipo objetivo ni en el subjetivo.
Respecto al delito de peculado por apropiación, la Corte concluyó que la Fiscalía no logró demostrar los elementos esenciales del tipo penal. Principalmente, no se comprobó que los dineros en cuestión fueran bienes públicos ni que existieran sobrecostos en las obras contratadas en favor de Panachi. Ante esta insuficiencia probatoria, el exgobernador fue absuelto también de esta acusación bajo el principio de duda razonable.
Por otro lado, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), a través de su Unidad de Investigación y Acusación, solicitó información a la Corte Suprema el 19 de enero de 2024 sobre la existencia del proceso contra Aguilar Naranjo. La solicitud fue respondida el 22 de enero mediante el envío de un enlace virtual del expediente.
Por último, ante manifestaciones públicas de Aguilar sobre la construcción del Parque Panachi, la Sala Especial de Primera Instancia informó nuevamente a la JEP el 19 de junio de 2024. Sin embargo, hasta la fecha, la Corte no ha recibido respuesta ni manifestación de interés de la JEP en este asunto.
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