Un derecho de petición enviado al juez de conocimiento por Dayana Jaimes, la viuda del juglar del vallenato Martín Elías, funcionó. El pasado 22 de noviembre y luego de casi tres años, la Fiscalía acusó formalmente a Armando León Quintero Ponce, por el delito de homicidio culposo.
Para el ente acusador, León Quintero, es el presunto responsable de la muerte del joven artista, al conducir por un presunto exceso de velocidad, la camioneta Toyota Prado blanca que luego de tres vueltas en el aire, se estrelló contra el pavimento en la vía que de Lórica conduce a San Onofre, Sucre.
El acusado no solo no aceptó los cargos, si no que además, a través de sus abogados, intentará demostrar que la causa de la muerte fue una supuesta negligencia médica en la atención hospitalaria que se le brindó a Martín Elías el día del accidente.
En efecto, en la audiencia de acusación, la defensa de Armando León Quintero, el conductor de 51 años oriundo de Codazzi, Cesar, encabezada por los abogados Luis Arturo Jiménez Cely y Leopoldo Pava Montoya, sorprendieron al auditorio con la teoría de una “indebida e inoportuna atención médica en los centros médicos donde fue atendido”. En concreto, el Hospital de San Onofre y la Clínica Santa María de Sincelejo.
Para los juristas, la atención por urgencias en dicho centro asistencial fue deficiente, pues no cuenta con los equipos y el personal capacitado para atender a un paciente remitido en condiciones críticas.
Advierten que un nivel uno asistencial debe tener una sala de procedimientos, una de urgencias y otra de reanimación con desfribilador, oxígeno y personal debidamente entrenado para reanimación. Y este hospital no cumplía, para el momento de los hechos con los requerimientos y exigencias del Ministerio de Salud.
La Agencia de Periodismo Investigativo, API, conoció que el equipo de defensa del conductor, durante el juicio retomará la versión inicial entregada por el Coronel, Julio Sánchez, comandante de la Policía de Sucre, para el día de los hechos y quien públicamente afirmó que una de las hipótesis además del exceso de velocidad, era el mal estado de la vía.
Así como también se hizo referencia de que Elías no llevaba puesto el cinturón de seguridad porque se estaba cambiando de ropa. Es decir, su deceso, según los argumentos que llevará la defensa a juicio, fue un nexo de causalidad de una serie de hechos y no por la acción del conductor, de quien dicen también resultó herido tras el fatal accidente de aquel 17 de abril de 2017 a las 7:30 a.m. Para ello acudiaran a material audiovisual del día de los hechos y con los que intentarán convencer al juez del caso.
Sin embargo, en su momento, la médico Angie Rivera del Hospital de San Onofre, Sucre informó públicamente que hicieron todo lo que estuvo a su alcance y que éste se realizó apegado a los protocolos de un centro asistencial de primer nivel.
“Lo que pudimos hacer fue estabilizarlo y remitirlo a segundo nivel de atención donde podrían brindarle atención de imagenología y entubar” indicó el médico Deivis Jaraba. Asimismo, indicaron que el cantautor llegó con fluctuaciones de conciencia y dificultad para respirar.
“Por las características de ser un accidente supusimos que podía complicarse y decidimos remitirlo con urgencia vital, llevarlo inmediatamente a Sincelejo” indicó uno de los médicos de turno.
No obstante, seis meses después de la muerte de Martín Elías, las denuncias en contra del Hospital de San Onofre se agudizaron. Veedores y habitantes se quejaron ante los organismos de control al considerar que el centro médico estaba casi en ruinas.
Incluso, Manuel Mercado, veedor ciudadano aseguró haber padecido la crisis del hospital. Acudió con su pequeño hijo a ese centro asistencial afirmó que no lo atendieron por falta de médicos. Aseguró que no hay oxigeno, dotación ni instrumentos y que se trata de una edificación vieja con camillas sin sábanas y baños deficientes.
Lo cierto es que el juez de conocimiento no aceptó el argumento de que la muerte del heredero musical de Diomedes Díaz, Martín Elías se produjo por negligencia médica. Considero que no era el momento procesal para realizar dicho debate.
Por su parte, el abogado de víctimas, Oscar Sierra, acompañará la postura de la Fiscalía. En otras palabras, que la única causa del fallecimiento de Martín Elías, fue el exceso de velocidad, es decir, el quebranto al deber objetivo de cuidado.
Para ello, se contará con pruebas periciales que permitirán concluir que la velocidad al momento del accidente era superior a 158km, superando ampliamente el límite permitido en el tramo del accidente que apagó la voz del juglar.
La epicrisis del hospital de San Onofre y el dictamen pericial del Instituto de Medicina Legal, determinaron que Martín Elías Acosta sufrió trauma cerrado de abdomen, lesión cardiaca, contusiones pulmonares bilaterales, edema pulmonar, contusión cardiaca, edema agudo pulmonar y edema agudo cerebral.
Una historia clínica que muestra además que el cantante tuvo laceración de pelvis renal izquierda, trauma de testículos, laceración pericardia, fracturas de arcos costales del 1 al 11 izquierdo, fractura del externos, lesiones por mecanismo de fricción y excoriaciones múltiples en cara, espalda y miembro superior e inferior.
Es decir, las heridas fueron tan graves y comprometieron tantos órganos que incluso con una atención médica inmediata en un nivel más alto de complejidad no se hubiera garantizado la supervivencia del artista.
Y esto parece confirmarlo el informe técnico de Automotores Toyota Colombia, ATC, en poder de esta Agencia. “Se hace constar que ATC el día 2 de junio de 2017 entregó el reporte completo del CDR (Crash Data Retrieval), el cual contenía información que mediante esta acta se resalta y traduce para facilidad de la labor de la Policía Nacional”, resalta el documento pericial.
El dictamen técnico estableció la velocidad que alcanzó el vehículo 4.7 segundos antes del volcamiento de la camioneta en donde se transportaba el artista. Desde los 4.7 segundos hasta el momento del accidente, la velocidad pasó de las 97.6 millas, es decir 157 km por hora hasta los 116 km/h.
Incluso entre los 4.2 y 3.2 segundos alcanzo los 159 km por hora con una aceleración del pedal de 85.5 la cual pasó a cero a los 2.7 segundos antes del accidente.
Esta parece ser la prueba reina que demostraría la responsabilidad penal del conductor de la camioneta Toyota Prado de placas IWQ913 y quien de ser hallado culpable se enfrentaría a una pena entre los 32 y 108 meses de prisión.
Justamente, este domingo se cumplieron seis años del fallecimiento del cantautor Diomédes Díaz a los 56 años de edad, producto de un paro cardiorespiratorio mientras descansaba en su casa de Valledupar.
Su hijo, Martín Elias corrió la misma suerte en abril de 2017, con solo 23 años falleció tras un accidente de tránsito y en medio de un debate en la justicia que apenas comienza sobre una supuesta negligencia médica.