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Se cae norma que prohibía consumir licor y drogas en espacio público
La decisión se toma porque la norma es muy general y afectaría el libre desarrollo a la personalidad.
La Corte Constitucional declaró inexequibles algunos términos y expresiones del artículo 33 de la ley 1801 de 2016 del Código de Policía Nacional, que prohibía el consumo de alcohol o sustancias psicoactivas en espacios públicos.
Con esta decisión de la Corte queda sin piso el decreto presidencial que permitía a la Policía confiscar la dosis mínima.
La Corte Constitucional declaró inexequibles las expresiones 'alcohólicas, psicoactivas o' contenidas en el Artículo 33 (lit. c, num. 2); y las expresiones 'bebidas alcohólicas' y 'psicoactivas o' del Artículo 140 (num. 7) del Código de Policía (Ley 1801 de 2016). 1/3 pic.twitter.com/XwBKmc0OlV
— Corte Constitucional (@CConstitucional) 6 de junio de 2019
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