Publicidad

 
Publicidad

Las excepciones para la movilidad durante el Día sin carro y moto en Bogotá

La jornada inicia a las 5:00 a.m y finalizará a las 9:00 p.m., con la novedad de que se unen los municipios de Chía y Mosquera en el horario de 6:00 a.m. a 8:00 p.m.

Dia sin Carro
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 21/09/2022 - 14:51 Créditos: Foto: https://bogota.gov.co/

Según el Decreto 388 del 19 de septiembre de 2022, expedido por la alcaldía de Bogotá y que informa las diferentes medidas que se adoptarán en el Día sin carro y sin moto, este jueves 22 de septiembre. También enfatiza en que habrá una serie de excepciones que tendrán los usuarios para movilizarse por las calles de la capital.

El documento indica que esta jornada tiene como propósito, "Incentivar la equidad en el espacio público, la transformación cultural, hacia la movilidad sostenible y proteger la calidad del aire".

Las autoridades prevén que durante este jueves 22 de septiembre más de 1.800.000 vehículos particulares y 469.000 motos dejen de circular por las vías capitalinas.

En cuanto a las excepciones, la Alcaldía incluyó: Vehículos de transporte público; vehículos conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte, incluyendo motocicletas; vehículos de emergencia, incluyendo motocicletas; vehículos de transporte escolar cuando sean empleados para el transporte de sus estudiantes, los cuales deberán operar y estar plenamente identificados.

Le interesa (Reserva Federal de Estados Unidos subió 75 puntos básicos su tasa de interés)

Además, excluyó de la norma a vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros. Vehículos destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, incluyendo motocicletas; vehículos destinados al control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad, incluyendo motocicletas y la Caravana presidencial.

Quienes también tendrán excepciones serán los vehículos militares, de Policía Nacional y de organismos de seguridad del Estado, incluyendo motocicletas. Vehículos de servicio diplomático o consular.  Motocicletas de vigilancia y seguridad privada autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada. En este caso deberán tener adheridos en forma visible los distintivos de la empresa de vigilancia y plena identificación del conductor.

Finalmente, excluye de la norma a vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección (UNP). Automotores propulsados por motores eléctricos incluyendo motocicletas. Carrozas fúnebres. Motocicletas vinculadas a empresas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio y sean utilizadas exclusivamente para dicha labor y vehículos de transporte de valores.

Otras noticias

 

Etiquetas