Publicidad
Publicidad
Estos son los cambios en los límites de velocidad
La velocidad máxima en las ciudades será de 50 kilómetros por hora para todos los vehículos. En zonas residenciales y escolares se mantiene el límite en 30 kilómetros por hora.
El Congreso de la República votó para modificar los límites de velocidad en el país. También se ratificaron otros que ya estaban establecidos para vehículos de todo tipo.
Todos los tipos de vehículos, particulares, de servicio público y escolares, deberán acogerse a los nuevos límites de velocidad.
La votación se dio a favor de la modificación del artículo 106 del Código Nacional de Tránsito o Ley 769 de 2002, con la que se hacen varios cambios respecto a los límites de velocidad en las vías del territorio nacional, entre otras cosas.
Tras 116 votos a favor y solo tres en contra, se definió que:
- La velocidad máxima en las ciudades de Colombia quedó fijada en 50 kilómetros por hora para todos los vehículos.
- En zonas residenciales y escolares ese límite se mantiene en 30 kilómetros por hora como ya estaba establecido.
- Se estableció que la velocidad máxima para carros particulares en las carreteras del país es 90 kilómetros por hora.
- En los corredores viales nacionales los demás automotores, como los de transporte público, no podrá sobrepasar los 80 kilómetros por hora.
Al respecto de las patinetas y bicicletas eléctricas o que usen gasolina para su funcionamiento, el proyecto establece que no podrán sobre pasar los 40 kilómetros por hora.
También le puede interesar:
Etiquetas