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Elecciones regionales: Comandante de las FF.MM imparte nuevas órdenes

Comicios se llevarán a cabo este domingo 29 de octubre. Fuerzas Militares desplegarán más de 100.000 soldados en todo el territorio nacional.

Órdenes comandante ffmm
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 25/10/2023 - 16:37 Créditos: Comando General de las Fuerzas Militares

El comandante de las Fuerzas Militares, General Helder Giraldo, impartió nuevas órdenes a oficiales, suboficiales, soldados e infantes de marina de las Fuerzas Militares, de cara a las elecciones regionales de este domingo 29 de octubre. 

Entre las nuevas disposiciones se encuentran que los integrantes de las Fuerzas Militares (Ejército Nacional, Armada de Colombia y Fuerza Aeroespacial Colombiana) no pueden ejercer la función del sufragio, establecer niveles de seguridad previo al inicio de las votaciones, denunciar el tráfico de votos, alteración de resultados electorales, entre otros.

De esta manera y en medio del desarrollo del  'Plan Ayacucho', el General Giraldo emitió las siguientes órdenes:

1. Los Comandantes militares en todos los escalones tácticos antes de las jornadas electorales deben efectuar reuniones previas de articulación con las entidades del Estado competentes, así como con las demás Unidades militares y policiales que se encuentran en sus áreas de responsabilidad, con el fin de establecer los niveles de seguridad, roles y funciones propias de cada autoridad.
 
2. Denunciar los delitos electorales que se cometan durante los comicios como: Abuso de autoridad por omisión de denuncia, Intervención en política, Perturbación del certamen democrático, Constreñimiento al sufragante, Tráfico de votos, Alteración de resultados electorales, entre otros.
 
3. Se reitera que los integrantes de las Fuerzas Militares no podrán ejercer la función del sufragio, ni intervenir en actividades o debates de partidos o movimientos políticos.
 
4. No se pueden usar elementos, equipos o instalaciones militares para hacer proselitismo o actividad política electoral.

5. Mantener informado al Comando Superior en tiempo real sobre el desarrollo de los eventos que surjan en el territorio nacional durante los comicios.
 
6. Las actuaciones de las Fuerzas Militares deben estar enmarcadas dentro de la Doctrina Militar, así como en el respeto y observancia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, para el fortalecimiento de la legitimidad institucional durante el proceso electoral.
 
7. Capacitar al personal militar que desarrollará los dispositivos de seguridad durante los comicios, con énfasis en los delitos contra los mecanismos de participación democrática.
 
8. Las Unidades Militares establecerán dispositivos de seguridad de forma perimétrica al área donde se desarrollen los comicios y mantendrán el despliegue de las capacidades de inteligencia.
 
9. En caso de presentarse algún evento donde se le endilgue responsabilidad a las tropas por uso excesivo de la fuerza u omisión en la aplicación de la misma, se debe informar inmediatamente al Comandante Superior, a fin de que con la asesoría del Estado Mayor o Plana Mayor se realice un acompañamiento directo al personal comprometido en todos los procedimientos jurídicos como son: actos urgentes, primer responsable, investigación disciplinaria, entre otros.

10. Informar a la Fiscalía General de la Nación y Policía Nacional, para la realización de los actos urgentes y en caso de captura en flagrancia, realizar informe dirigido a la autoridad competente mediante el cual se describan las circunstancias de tiempo, modo y lugar, coordinando la realización de actuaciones pertinentes para el procedimiento de legalización de la captura. Así mismo, requerir la presencia de los órganos de vigilancia y control electoral.
 
11. Mantener las comunicaciones con las Unidades militares comprometidas, con el fin de brindar asesoría en el manejo de las comunicaciones estratégicas y la toma de decisiones de los señores Comandantes en todos los niveles del mando durante la jornada electoral.  

12. Coordinar con la Ponal el empleo del Undemo en caso que se requiera, igualmente mantener una reserva apropiada en el evento de requerirse. 

13. Implementar y desarrollar la competencia distintiva  de seguridad de área extensa en los puntos donde realmente se necesiten,  según la solicitud y previa autorización de los Comandos de Fuerza y autorización de la Subjefatura de Estado Mayor de Operaciones del Comando General, asegurando que las unidades autorizadas ejecuten esta actividad de manera efectiva.

14. En esta semana previa a la ejecución máxima del Plan Democracia el próximo 29 de octubre, es crucial que garanticemos todas las medidas de seguridad al pie de la letra, nuestra responsabilidad como Fuerzas Militares es garantizar que el proceso electoral se desarrolle de manera pacífica y segura para todos los ciudadanos.

15. Asimismo, es importante tener presente lo estipulado en La Ley 1801 del 2016 Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, en su Artículo 170: La Asistencia Militar es el instrumento legal que puede aplicarse cuando hechos de grave alteración de la seguridad y la convivencia lo exijan, o ante riesgo o peligro inminente, o para afrontar emergencia o calamidad pública, a través del cual el Presidente de la República, podrá disponer, de forma temporal y excepcional de la asistencia de la fuerza militar. 

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