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Consejo de Estado reafirma límites territoriales de Barranquilla

El Alto Tribunal anuló ordenanza de 2009.

Barranquilla ciudad 24
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 12/02/2025 - 20:46 Créditos: Imagen tomada de Infobae

El Consejo de Estado emitió un fallo que invalida la ordenanza expedida en 2009 por la Asamblea del Atlántico, la cual modificaba los límites entre Barranquilla y Puerto Colombia.

La decisión ratifica que el territorio en disputa sigue formando parte del Distrito de Barranquilla, conforme a una normativa de 1913.

El alcalde de Barranquilla, Alejandro Char, se pronunció sobre el fallo, señalando que esta determinación restituye a la ciudad una extensión de tierra que legalmente ya le pertenecía.

Explicó que se dará inicio a un proceso de revisión con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac) para implementar la decisión del tribunal.

La franja territorial en cuestión abarca aproximadamente 1.400 hectáreas, donde se han desarrollado múltiples proyectos inmobiliarios.

Char destacó que la sentencia ratifica un fallo previo a favor de Barranquilla emitido hace nueve años. No obstante, indicó que es necesario coordinar con el Igac para precisar los alcances de la normativa vigente.

También reconoció el derecho del municipio de Puerto Colombia a adelantar las gestiones que considere pertinentes para defender sus intereses.

Previamente, la administración municipal de Puerto Colombia había advertido sobre el impacto que la decisión podría generar en su presupuesto, especialmente en lo relacionado con la pérdida del Corredor Universitario.

Detalles de la decisión judicial

La Sección Primera del Consejo de Estado confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico, que había determinado que la ordenanza de 2009 modificó los límites del Distrito de Barranquilla sin competencia legal para hacerlo.

Según el alto tribunal, la Asamblea Departamental del Atlántico incurrió en una extralimitación de funciones, al asumir atribuciones que corresponden exclusivamente al legislador.

Esta actuación vulneró principios jurídicos fundamentales, como el de legalidad, el debido proceso y la cláusula general de reserva de ley.

La argumentación presentada en la apelación por el departamento del Atlántico y el municipio de Puerto Colombia se basó en la ausencia, en 2009, de una norma específica para la delimitación territorial entre distritos y municipios. En su defensa, plantearon que la Ley 136 de 1994 debía ser aplicada al caso.

Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que las Asambleas Departamentales no tienen la facultad de modificar límites distritales y que cualquier acto en ese sentido carece de validez jurídica.

La sentencia reafirma que los cambios en la división territorial deben ajustarse a los principios de legalidad y reserva de ley establecidos en la Constitución y la normatividad vigente en Colombia.
 

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