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Gobierno reiteró que no atenderá llamado urgente de la ONU sobre aspersión de glifosato

La Cancillería rechazó que la ONU acuda a la figura del Llamamiento Urgente, argumentando "que sólo procede en los casos en que las presuntas violaciones requieran medidas perentorias por entrañar pérdidas de vidas humanas, situaciones que pongan en peligro la vida o un daño inminente o continuo de mucha gravedad para las víctimas”.

Por Tania M Quiroga Páez. | Mar, 09/03/2021 - 14:39

La Cancillería dijo que no atenderá llamado de la ONU en el que solicitan detener el proyecto de aspersión con glifosato para la erradicación de cultivos ilícitos en Colombia.

La canciller Claudia Blum respondió al llamado de la Organización de Naciones Unidas (ONU) emitido en el mes de febrero de 2021, mediante comunicación S-DVAM-21-003788, en el que piden al Gobierno del presidente Iván Duque, que no reactive el proyecto de erradicación de cultivos ilícitos con la aspersión aérea de glifosato.  

El Gobierno colombiano se ha pronunciado por segunda vez al respecto. Mediante una carta firmada por Adriana Mejía Hernández, viceministra de Asuntos Multilaterales y dirigida a Beatriz Balbin, jefe de la subdivisión de los Procedimientos Especiales de la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, reiteraron su rechazo.    

"El Estado colombiano no ha iniciado las aspersiones aéreas. Por lo tanto, en su respuesta, la Cancillería rechaza, con base en las normas que regulan el mandato de los relatores, que éstos acudan a la figura del Llamamiento Urgente, que sólo procede en los casos en que las presuntas violaciones requieran medidas perentorias por entrañar pérdidas de vidas humanas, situaciones que pongan en peligro la vida o un daño inminente o continuo de mucha gravedad para las víctimas”, argumentó la Cancillería para justificar el rechazo a este llamado. 

La ministra de Relaciones Exteriores explicó que "el Estado señala que el Llamamiento Urgente que hacen los procedimientos especiales, no cumple con los requisitos establecidos en el código de conducta que rige el desempeño de su mandato". 

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