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Gobierno Petro expide primeros decretos bajo conmoción interior: incluye expropiación de tierras

El Ejecutivo busca garantizar la producción de alimentos en el Catatumbo y propone expropiación administrativa de tierras, generando polémica.

petro 13 enero
Por Agencia Periodismo Investigativo | Jue, 30/01/2025 - 16:37 Créditos: Presidencia de Colombia

El Gobierno del presidente Gustavo Petro presentó los primeros tres decretos bajo el estado de conmoción interior, declarado el 24 de enero de 2025 en respuesta a la crisis de orden público en el Catatumbo. La medida busca garantizar la producción de alimentos y mitigar los efectos del conflicto armado en la región.

Los decretos 106, 107 y 108 de 2025, emitidos por el ministerio de Agricultura, están enfocados en la protección del sector agropecuario. 

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El primero establece mecanismos de financiamiento y alivio de pasivos para garantizar la producción de alimentos; el segundo refuerza la protección de las cadenas productivas y el abastecimiento; y el tercero introduce medidas para evitar la acumulación indebida de tierras y facilitar su acceso a desplazados y excombatientes.

Este último decreto ya empieza a generar controversia por su artículo 4, que permite la expropiación administrativa de predios con el objetivo de garantizar el retorno de comunidades desplazadas y la estabilización de excombatientes en proceso de reintegración. 

La norma se sustenta en la Ley 1523 de 2012 y busca evitar el acaparamiento de tierras en municipios afectados como Ocaña, Ábrego y El Carmen.

Frente al artículo mencionado, la congresista Katherine Miranda criticó la medida, asegurando que el Gobierno intenta imponer la "expropiación exprés" sin control judicial. "Lo intentaron en el Plan Nacional de Desarrollo, en la reforma agraria y ahora lo quieren hacer por conmoción interior", expresó en redes sociales.

El estado de conmoción interior tendrá una duración inicial de 90 días y se aplicará en 16 municipios del Catatumbo. Aunque permite al Ejecutivo expedir decretos con fuerza de ley sin aprobación del Congreso, estas medidas deberán ser revisadas por la Corte Constitucional para garantizar su legalidad y respeto a los derechos fundamentales.

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