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Procuraduría pide a Minambiente revocar medida de protección en humedales de Bogotá
Ente de control considera que la cartera de Ambiente se extralimitó y desconoció a las autoridades distritales.
La delegada de Asuntos Ambientales de la Procuraduría General de la Nación ha solicitado a la ministra de Ambiente, Susana Muhamad, que se eliminen las medidas de protección declaradas sobre los humedales Juan Amarillo, Córdoba y Jaboque, ubicados en Bogotá.
Tras referir que el ministerio de Ambiente como punto focal de la Convención de Ramsar no tiene competencia para imponer medidas preventivas no previstas en la ley para la suspensión de actividades al interior del complejo de humedales, la Procuraduría General de la Nación le pidió revocar la resolución que ordena dichas medidas.
El ente de control explica que, si bien es crucial velar por la gestión ambiental y la protección de ecosistemas de gran importancia, son las autoridades ambientales urbanas dentro de su jurisdicción las responsables de desarrollar los instrumentos y acciones necesarios para promover la defensa de los ecosistemas estratégicos en sus territorios. Por lo tanto, la evaluación de dichos impactos debe ser realizada por la Secretaría Distrital de Ambiente, como autoridad ambiental competente.
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El documento señala que la competencia del Ministerio, como articulador del Sistema Nacional Ambiental (SINA), se limita a solicitar a la autoridad ambiental correspondiente la imposición de medidas de protección y conservación necesarias, así como adelantar procesos sancionatorios y exigir la presentación de un estudio de evaluación de impactos ambientales al ejecutor del proyecto, en este caso, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá.
La Procuraduría resalta la importancia de garantizar el principio de legalidad y el respeto por la autonomía y competencia de las autoridades ambientales regionales y urbanas. Por lo tanto, considera que el ministerio de Ambiente estaría excediendo sus funciones al exigir una serie de estudios y requisitos que no están contemplados en las normas que regulan la materia.
Por último, refirió que la Unidad Administrativa Especial del Sistema Nacional de Parques Naturales, las corporaciones autónomas regionales, las corporaciones de desarrollo sostenible, los grandes centros urbanos y las autoridades ambientales distritales, las competentes para elaborar y ejecutar los planes de manejo ambiental para los humedales prioritarios de su jurisdicción, los cuales deberán partir de una delimitación, caracterización y zonificación para la definición de medidas de manejo.
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