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Mediante hábeas corpus defensa de Carlos Lehder solicita su libertad inmediata
Defensa argumenta que orden de captura no fue prorrogada y carece de validez legal.

La abogada Sondra Macollins, defensora del excapo del Cartel de Medellín Carlos Lehder, presentó un hábeas corpus solicitando la libertad inmediata de su cliente. Según el documento radicado, las órdenes de captura contra Lehder se originan en una sentencia de 1995 y nunca fueron prorrogadas, lo que, en su concepto, invalida la detención reciente.
La defensa señala que la legalización de la captura realizada el 29 de marzo de 2025 en Bogotá carece de fundamento legal, ya que la orden de captura habría perdido vigencia al haber transcurrido más de siete años sin prórroga alguna. “Según la Ley 906 de 2004, una orden de captura solo es válida por un año y puede ser prorrogada solo a petición del fiscal. Al no cumplirse este requisito, la orden no podía justificar la privación de la libertad en 2025”, argumentó Macollins.
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Asimismo, la abogada recordó que Lehder cumplió una condena de 34 años en Estados Unidos por narcotráfico (1987-2020) y reiteró que su extradición en 1987 fue irregular, dado que en ese momento no existía un tratado vigente entre Colombia y EE. UU. ni un procedimiento legal que permitiera la entrega de ciudadanos colombianos a otro país.
“La captura y extradición de Lehder se realizaron sin garantías procesales mínimas, vulnerando sus derechos fundamentales y humanos. Incluso si se intentara ejecutar la pena impuesta en Colombia, esta ya estaría prescrita y no podría ser exigida jurídicamente”, señala la solicitud de hábeas corpus.
Finalmente, el documento destaca que la condena impuesta a Lehder en Colombia el 28 de abril de 1995, que se hizo efectiva en noviembre de ese mismo año, también ha prescrito. “Según el Código Penal de 1980, las penas privativas de la libertad prescriben en un máximo de cinco años, por lo que cualquier intento de hacer cumplir esa sentencia carece de validez legal. En conclusión, tanto la captura reciente como la pena en Colombia son jurídicamente inaplicables”, concluye la defensa de Lehder.
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