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Llamado a universidades para reconocer el acompañamiento con perros de apoyo emocional a estudiantes

Corte Constitucional resolvió acción de tutela de un estudiante que solicitó la entrada de su perro de apoyo.

Perro apoyo emocional
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 10/07/2024 - 14:16 Créditos: STOCK PHOTO

La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional examinó una acción de tutela presentada por una estudiante que solicitaba reinstaurar el acceso de su perro de apoyo emocional a la institución educativa donde cursaba su pregrado.

El caso

La universidad había prohibido la entrada del animal en todos los espacios del campus hasta que la estudiante presentara la documentación relacionada con su historia clínica, para justificar su dependencia emocional respecto a su mascota, así como el carné de vacunación del perro.

Lo que resolvió el Alto Tribunal

La Corte reconoció que el acompañamiento de perros de apoyo emocional es una forma de tratamiento psicológico protegida por el derecho a la salud.

Esto se basa en que el vínculo emocional entre el perro y su dueño fomenta una sensación de bienestar, lo que permite utilizar a estos animales en el tratamiento de enfermedades mentales como la depresión y la ansiedad.

"Por ello, las terapias e intervenciones con perros de apoyo emocional se vuelven un medio para el ejercicio de otros derechos, como la educación. Esto debe ser considerado por las instituciones de educación superior al momento de establecer ajustes razonables mediante protocolos de ingreso de aquellos a sus instalaciones", indicó el Alto Tribunal.

Y añade: "Pues, si bien en virtud de la autonomía universitaria las instituciones educativas pueden darse sus propios reglamentos, este principio no es absoluto y su ejercicio debe garantizar la razonabilidad y la proporcionalidad en la protección de los postulados fundamentales que les asiste a los miembros de la comunidad universitaria".

Asimismo, la Sala reconoció que, al tratar las afectaciones a la salud mental, se debe tener en cuenta el enfoque de género, pues las niñas y las mujeres tienen mayor probabilidad de sufrir trastornos de ansiedad y depresión.

Lo anterior, en virtud de las profundas diferencias en razón de género existentes, así como la posición jerarquizada en términos de poder entre hombres y mujeres que implica una mayor exposición a la desigualdad.

"La Sala evidenció que en el caso concreto se configuró la carencia actual de objeto por daño consumado. Lo anterior al considerar que las pretensiones de la demandante giraban en torno a la autorización de entrada de su perro de apoyo emocional a las instalaciones de la universidad en donde cursaba su pregrado en derecho", sostuvo la Corte.

Por todo lo anterior, la Sala revocó la sentencia de única instancia y declaró la carencia actual de objeto por daño consumado. Además, ordenó a la entidad accionada ofrecer disculpas privadas a la estudiante, y llevar a cabo jornadas de capacitación y sensibilización sobre la salud mental, la convivencia multiespecie y el papel de los perros de apoyo emocional en el tratamiento de enfermedades mentales.

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