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JEP rechaza sometimiento de exfuncionarios de Riosucio, Chocó
No fueron aceptados por falta de aportes a la verdad.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decidió no aceptar el sometimiento de los exalcaldes de Riosucio, Chocó, Ricardo Azael Victoria Martínez y Jorge Isaac Mosquera Caicedo, así como de los exconcejales del mismo municipio, Libardo José Ferro Caicedo y Manuel Padilla Córdoba. La decisión se basó en la falta de aportes significativos a la verdad y la ausencia de información relevante tanto para las víctimas como para la sociedad colombiana.
Los cuatro exdirigentes políticos fueron condenados por la justicia ordinaria por el delito de concierto para delinquir agravado en la modalidad de promoción de grupos al margen de la ley.
Las investigaciones demostraron que sus candidaturas, correspondientes a los periodos 2001-2003 y 2008-2011 en el caso de los exalcaldes, y 2001-2003 y 2004-2007 en el caso de los exconcejales, avanzaron gracias a acuerdos con el Bloque 'Élmer Cárdenas' de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
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Aunque la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP reconoció que los solicitantes cumplían con los requisitos de competencia personal, temporal y material exigidos por la Jurisdicción, determinó que tres de ellos -Ferro Caicedo, Padilla Córdoba y Victoria Martínez- incumplieron el régimen de condicionalidad. La falta de exhaustividad en sus relatos, la insuficiencia en sus aportes de verdad y la falta de proactividad para esclarecer los hechos por los cuales fueron condenados motivaron la decisión de la JEP.
En cuanto al exalcalde Mosquera Caicedo, la JEP encontró que, aunque admitió haberse reunido con el exjefe paramilitar conocido como 'El Alemán' y otros comandantes del Bloque 'Élmer Cárdenas' durante la campaña electoral de 2001-2004, justificó esos encuentros bajo la supuesta presión del grupo armado.
Sin embargo, no presentó pruebas que respaldaran estas afirmaciones y no desvirtuó las acusaciones de varios comandantes de las AUC, quienes declararon haber brindado apoyo financiero y social a su campaña. La JEP consideró que sus relatos fueron contradictorios y carecían de credibilidad.
Además, siguiendo las directrices de la Sección de Apelación para evaluar estos casos, la Sala concluyó que ninguno de los solicitantes hizo un esfuerzo por aportar información que contribuyera a esclarecer el patrón del Caso 08, que investiga los vínculos entre agentes del Estado, la fuerza pública y grupos paramilitares para cometer crímenes en el contexto del conflicto armado.
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