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Consejo de Estado responsabiliza a la UGPP de compromisos pensionales de la extinta Cajanal
Declara competente a la UGPP para conocer y tramitar solicitud en relación con la cuota parte pensional establecida a cargo de Cajanal de un adulto mayor
Con ponencia de la magistrada María del Pilar Bahamón Falla, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado exhortó a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) a que resuelva prioritariamente la solicitud que presentó el municipio de Villavicencio para determinar la procedencia del pago de la cuota parte de la pensión de un adulto mayor de 82 años de edad.
Esta decisión se tomó tras resolver un conflicto de competencias administrativas entre la UGPP y el ministerio de Salud, para determinar cuál de estas autoridades es responsable de la cuota parte de la pensión correspondiente a la extinta Caja Nacional de Previsión Social (Cajanal), que el municipio concedió a este adulto mayor.
Según la providencia, la UGPP asumió las facultades misionales de Cajanal a partir de su liquidación, el 11 de junio de 2013. Dado que la administración de las cuotas parte, en este caso, influye en el reconocimiento de derechos pensionales, la Sala estableció que la Unidad era la competente para resolver la solicitud.
“El auto emitido por la Sala de Consulta señala: 'Las reclamaciones económicas por cumplimiento de las sentencias bien pudieron reconocerlas Cajanal antes de entrar en liquidación, Cajanal ya en liquidación o la UGPP, según la época de la reclamación y las particularidades de cada caso. Lo cierto es que dicha competencia de carácter misional nunca estuvo a cargo del Ministerio de Salud y Protección Social.'"
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