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Condenan a la Nación por 'chuzadas' al exmagistrado Jaime Araújo

Pormenores de la ponencia del Alto Tribunal.

Jaime Araújo
Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 06/09/2024 - 14:17 Créditos: El Espectador

La Sección Tercera del Consejo de Estado, condenó al Estado colombiano a pagar perjuicios por las interceptaciones, seguimientos ilegales y campaña de desprestigio contra el magistrado de la Corte Constitucional, Jaime Araújo Rentería.

Los magistrados del Consejo de Estado revocaron la sentencia de primera instancia que había exonerado al Estado por los graves hechos relacionados con las interceptaciones telefónicas ilegales y campaña de desprestigio cometidas por el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). 

En su fallo, el Consejo de Estado afirmó: "La intromisión en la vida privada de los ciudadanos o la recopilación información atinente a ella con el objeto de utilizarla indebidamente, genera perjuicios morales que se traducen en los sentimientos de inseguridad, zozobra, desconfianza y vulnerabilidad que genera esa situación".

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Y añadieron: "En este caso se encuentra acreditado que el DAS, sin contar con autorización legal para ello, adelantó operaciones ilegales dirigidas a hacer seguimientos a particulares y a funcionarios públicos, y está demostrado que dentro de la entidad se creó un organismo con este propósito".

Además, se determinó que las sospechas del magistrado, Jaime Araujo, sobre ser víctima de este tipo de seguimientos eran fundadas, y las autoridades competentes no brindaron explicaciones ni tomaron medidas inmediatas para investigar las razones que motivaban dichas sospechas.

"Con los medios de prueba allegados al proceso se acreditó que, en 2003, se creó ilegalmente dentro del DAS un grupo especial denominado G-3, que tenía por objeto realizar seguimientos ilegales a particulares y a funcionarios públicos", sumaron los magistrados del Alto Tribunal.

El Estado fue condenado a pagar 20 salarios mínimos por perjuicios morales al demandante y también fue condenado a medidas no pecuniarias, como ofrecer excusas públicas al demandante.

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