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Esta es la nueva norma para cotización a seguridad social de independientes

Por Manuel García Riaño | Sáb, 01/06/2019 - 10:02

El pago de sus aportes a la seguridad social se siguen haciendo directamente mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila)

Con la entrada en vigencia del Plan Nacional de Desarrollo ‘Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad’, el Ministerio de Trabajo anunció que derogó los cambios que se habían aprobado en el año 2018 para la liquidación de aportes a seguridad de los trabajadores independientes.

Mediante cuatro puntos, dicha cartera señaló que se anuló el artículo 135 de la Ley 1753 de 2015. En términos generales, aseguró que el decreto 1273 de 2018, pierde vigencia al desaparecer los fundamentos legales que motivaron la expedición del acto administrativo.

"A partir del 25 de mayo de 2019, los trabajadores independientes con contrato de prestación de servicios personales deberán continuar efectuando el pago de sus aportes a la seguridad social, directamente mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila), en la forma en que lo han venido haciendo y en las fechas establecidas en el artículo 3.2.2.1 del Decreto 780 de 2016", explicó mintrabajo.

 

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