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Reforma Laboral: Comisión VII aprueba recargo nocturno desde las 7:00 p.m
Actualmente la jornada nocturna inicia a las 9:00 p.m. Además, se aprobó pago del 100% de dominicales y festivos, de manera gradual.
La Comisión VII de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate 16 artículos de la Reforma Laboral, otro de los proyectos clave del gobierno del presidente Gustavo Petro.
De los 16 artículos que recibieron aprobación, el número 15 destaca al establecer la jornada diurna de trabajo de 6:00 a.m. a 7:00 p.m. y la jornada nocturna de 7:00 p.m. a 6:00 a.m. Es importante señalar que, actualmente, la jornada nocturna comienza a las 9:00 p.m.
"Entramos en la dinámica clara para la Reforma Laboral que necesita el país, al aprobarse 16 artículos de este proyecto", resaltó la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez.
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Asimismo, La Comisión VII dio el visto bueno al artículo 19, el cual detalla: "el trabajo en día de descanso obligatorio, o días de fiesta se remunera con un recargo del 100%".
Con la aprobación de ese artículo, el recargo del 100% podrá ser implementado de manera gradual por el empleador, de la siguiente manera: A partir de julio de 2024, se incrementará el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o de fiesta a 80%.
A partir de julio de 2025, se incrementará el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o día de fiesta a 90%. Desde julio de 2026, se dará plena aplicación al recargo por laborar día de descanso obligatorio o día de fiesta en los términos de este artículo.
"Lo que si queda claro es que lo que llevamos configurado es de avance y se entiende que la perspectiva de este gobierno es transitar hacia los derechos y que la generación de empleo no puede hacerse sobre la base de la destrucción de los derechos, ni tampoco tener los derechos en contra de la generación de empleo. Aquí hay puntos de equilibrio y hacia allá estamos trabajando", resaltó Ramírez.
La ponencia positiva de la reforma laboral aprobada en la Comisión Séptima de la Cámara permite dar inicio a la discusión de los 98 artículos del proyecto.
Artículos aprobados del proyecto de reforma laboral
Art 2. Relaciones que regula el Código Sustantivo del Trabajo
Art. 3 Restricción de inaplicabilidad
Art. 11 Publicación del reglamento de trabajo
Art. 15 Trabajo diurno y nocturno
Art. 19 Remuneración del trabajo suplementario
Art. 21 Límites de la subordinación
Art. 23 Medidas para la eliminación de la violencia, el acoso y la discriminación en el mundo del trabajo
Art. 30 Seguridad social y riesgos laborales en plataformas digitales de reparto
Art. 33 Cuotas de aprendices en las empresas
Art. 37. Programa de formación para el trabajo rural
Art. 42 Trabajadores Migrantes
Art. 45 Participación para el trabajo decente en comunidades étnicas
Art. 56 Programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado
Art. 57 Lineamientos de Política Pública de Trabajo Digno y Decente para la transición justa y el Empleo verde y azul
Art. 58 Incentivos al Empleo Verde y Azul
Art. 59 Formación para la promoción de empleos verdes y azules
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