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Cruising o sexo en público ¿el método que tiene en quiebra a los moteles?
La industria de moteles colombiana enfrenta desafíos económicos mientras las parejas adoptan nuevas formas de intimidad en espacios poco convencionales.
La pandemia de COVID-19 ha dejado un rastro de desafíos económicos en diversos sectores, y uno de los más afectados en Colombia es la industria de moteles. La Asociación Nacional de Propietarios de la Industria Hotelera de Colombia (InHotelCo) ha expresado su preocupación por la crisis que enfrentan estos establecimientos, con pérdidas cercanas al 60% de sus ganancias anuales.
Sin embargo, factores como la competencia digital y la emergencia de una práctica sexual llamada 'cruising' están redefiniendo la dinámica de la industria.
Reservaciones por horas en hoteles
Una de las razones detrás de la disminución de la frecuentación de moteles en Colombia es la creciente popularidad de las reservaciones por horas en hoteles. Plataformas en línea como Buy Hours han brindado a las parejas la comodidad de reservar habitaciones de hotel por cortos periodos de tiempo, lo que ha reducido la demanda de moteles tradicionales. Esta opción de reserva flexible y discreta ha cambiado la forma en que las parejas buscan privacidad y comodidad.
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'Cruising', práctica sexual
Además de la competencia digital, una tendencia emergente en la intimidad de las parejas colombianas es el 'cruising'. Se cree que esta práctica se originó en la comunidad LGTBI+, esta práctica implica tener relaciones sexuales en espacios públicos como parques, playas, baños, estaciones y lugares solitarios. Surgió en un contexto en el que la homosexualidad era estigmatizada y perseguida, y se establecieron lugares seguros para encuentros sexuales discretos. Sin embargo, hoy en día, el 'cruising' se ha extendido a parejas en general, transformando la forma en que algunas personas experimentan la intimidad.
'Cruising' en Colombia
En Colombia, el 'cruising' no está específicamente sancionado por la ley, pero el Código de la Policía contempla sanciones por perturbar la tranquilidad de las personas. Sin embargo, en marzo de 2023, la Corte Constitucional modificó este artículo, limitando su aplicación a casos específicos de denuncia por exhibicionismo que sea considerado acoso o violencia sexual por las autoridades.
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