El exsecretario Ejecutivo de la Jurisdicción Especial para La Paz, JEP, el abogado Néstor Raúl Correa, quedó inconforme con la reciente sanción que le impuso la Procuraduría de cinco meses de suspensión en el cargo, porque autorizó indebidamente la salida del país a varios excombatientes de las Farc, sometidos a ese sistema de justicia transicional. Ahora riposta, y para ello, interpuso una acción de tutela ante los jueces administrativos de Bogotá con el propósito de revocar el fallo disciplinario en su contra.
Un contraataque jurídico de Néstor Raul Correa, quien además de ser uno de los hombres fuertes en la conformación de la JEP, se desempeñó como magistrado de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. Por eso, en los estrados, va más allá, con varias solicitudes.
La primera, que se anulen las actuaciones de la Procuraduría desde el 27 de junio de 2018, hasta el fallo de primera instancia proferido el 6 de mayo de 2019 por el Procurador Segundo Delegado para la Vigilancia Administrativa, Giancarlo Mascerano Jiménez. Así mismo, pide el archivo de la investigación.
También solicitó que se declare que la denuncia disciplinaria que interpuso, el 5 de junio de 2018, la presidente de la JEP, Patricia Linares fue temeraria. Dice que en esta se afirma que Correa, expidió permisos de salida del país. Advierte que esto no es cierto y que quedó demostrado en la misma providencia de la Procuraduría, cuando se estableció que “no tuvo la intención de conceder las mencionadas autorizaciones”. En su defensa, argumenta que dichos permisos los expidieron terceros de mala fe, a sus espaldas y utilizando actas de la JEP.
Asímismo, Correa reprocha que Patricia Linares en la denuncia que interpuso en su contra, afirmara que él había perdido la competencia desde el 14 de enero de 2018. Evoca el reglamento de la JEP, un auto de la Sala de Reconocimiento de ese tribunal y hasta el mismo fallo disciplinario pues según fundamenta su solicitud, en este se reconoció que perdió la competencia el 15 de marzo de ese año.
Otra de las peticiones en la tutela, realizadas por Correa, recae en el boletín de prensa, divulgado por el Ministerio Público, el día en que se emitió el fallo en su contra. Asegura que la entidad debe rectificar con el mismo despliegue mediático que le dio a su sanción, las afirmaciones que a su juicio considera fueron injuriosas. Pide enérgicamente que se expida otro comunicado de prensa, en donde se incluya los apartes pertinentes del fallo de tutela que el juez señale.
Al juez de tutela también le hizo dos peticiones adicionales. La primera, que se compulsen copias del fallo de tutela, que él espera le dé la razón, a la Fiscalía y a la Procuraduría para que investiguen al procurador Mascerano Jiménez. Uno de sus argumentos es que este como servidor público suplantó la competencia del juez natural en su caso, es decir de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
Manifiesta también que el procurador de primera instancia, usurpó funciones, se extralimitó en el ejercicio del cargo de Procurador y se negó reiteradamente a enviar, a quien a su juicio, es el verdadero juez competente en su caso, el Consejo Superior de la Judicatura.
En su última petición, Correa aseguró, “ la Rama Judicial me conoce. Los señores Jueces de la República me conocen. Yo he sido magistrado en las cuatro Altas Cortes. Actualmente soy conjuez de la Sección Segunda del Consejo de Estado. Me tocó enfrentar, solo, a las roscas judiciales que había en ese momento. He librado grandes batallas y le he servido a la Rama Judicial, la cual sabe de mi comportamiento ético, para que ahora venga un Procurador a insultarme en un fallo y por los medios a afectar mi honra y la de mi familia. Eso merece la más alta reacción y firmeza”.
Con este argumento el exsecretario ejecutivo de la JEP, le solicita al juez administrativo en su tutela, ordene a la Procuraduría una indemnización en abstracto por el daño emergente, “ la reputación es como las plumas de una gallina: una vez sacadas, ya no se pueden volver a poner. Pero sí se pueden pagar” dice en su petición. Y agrega que el Ministerio Público obró de mala fe por la forma como manejó la noticia.
El origen de la suspensión del exfuncionario, se remonta a junio de 2018, cuando la presidente de la JEP, Patricia Linares, denunció ante la Procuraduría a Néstor Raul Correa. En esta se advertía que Correa, supuestamente, otorgó permisos de salida del pais a excombatientes de las Farc, cuando había perdido la competencia para ejercer funciones jurisdiccionales, es decir, el 15 de enero de 2018. No obstante, resaltó que a pesar de que en esa fecha entraron en funcionamiento las Salas de Justicia de la JEP, Correa continuó aprobando dichas salidas.
Los permisos objeto de la discordía fueron otorgados a Luis Ermides Bocanegra Olmos a quien el 18 de enero de 2018 se le aprobó el permiso para viajar a España, entre el 30 de enero y el 30 de mayo.
Lo propio sucedió con Hugo Ancizar Pérez Muñoz, beneficiario de dos permisos de salida a Ecuador. El 1 de marzo de 2018 se le dio visto bueno para viajar entre el 5 y el 30 de marzo y otro para desplazarse entre el 1 y el 20 de febrero. En estas dos peticiones no se hallaron soportes escritos, según la investigación.
A estos permisos se sumaron los de Fernando Arellán Barajas, a quien en la primera semana de marzo de 2018 se le autorizó viajar a finales de ese mes a Islas Margarita en Venezuela. También fueron objeto del mismo beneficio, Andrés Mauricio Zuloaga Rivera a España, entre el 4 de abril y el 14 de mayo de 2018 y Gustavo Joanis Bedoya Matinés para salir del país entre el 25 y el 30 de mayo.
Por su parte, a Israel Alberto Zúñiga le concedieron el 2 de abril de ese año permiso para viajar ese mismo día a Ecuador. Lo propio sucedió con Pastor Lisandro Alape Liscarro a quien le autorizaron salir del país ese mismo día.
Sin embargo, frente a estos permisos Néstor Raul Correa ha sido enfático en afirmar en el transcurso del proceso disciplinario que se surtió en la Procuraduría, como en la tutela que interpuso que, no los concedió y que terceros diligenciaron actas que ya estaban firmadas por el, “(...) esas actas las firmé en febrero de 2018, ejerciendo funciones judiciales que sí tenía para esa época, pero terceras personas las utilizaron a mis espaldas y de manera fraudulenta varías semanas después” indica en uno de los apartes de la tutela.
Néstor Raul Correa fue secretario Ejecutivo de la Jurisdicción Especial para La Paz, entre el 18 de diciembre de 2016 y el 30 de abril de 2019. Tenía funciones administrativas y judiciales. Las judiciales, consistían en decidir quién podía someterse a la JEP, a través de la suscripción de un acta de compromiso, mediante esta figura advierte Correa, se sometieron más de 5.500 personas.
También, en su cargo le correspondía, emitir concepto jurídico sobre la conexidad del delito con el conflicto para otorgar la libertad de militares, bajo esa figura Correa afirma que emitió más de 1.200 conceptos y que en consecuencia se generaron 1.100 libertades.
Asimismo, en desarrollo de su labor estaba decretar medidas cautelares. De esta manera, el exsecretario dictó una. Ordenó dejar bajo custodia los archivos del Das. La última, dentro de las funciones relevantes, fue la de autorizar las salidas del país de las personas sometidas a la jurisdicción de paz, que derivó en el debate jurídico con el Ministerio Público.
El exsecretario de la JEP, afirma que las actas que estaban enumeradas en orden consecutivo, él las dejaba firmadas pero éstas quedaban en custodia y bajo un protocolo. “(...) todas las actas por las que me juzgaron las firmé en el mes de febrero de 2018, o sea cuando todavía ejercía funciones judiciales” advierte el exfuncionario en la tutela.
Dichas competencias judiciales eran de carácter temporal, hasta tanto las salas competentes iniciaran funciones. En su escrito, Correa sostiene que la Procuraduría cometió un grave error al afirmar que él había perdido dichas funciones judiciales el 15 de enero de 2018 y que por lo tanto toda actuación del exsecretario después de esa fecha se constituía en una falta disciplinaria por extralimitación de funciones.
Asegura que para sancionarlo, el Ministerio Público arrojó una tesis extraña que consiste en que él, entre el 15 de enero y el 15 de marzo de 2018, había perdido las funciones judiciales y solo se había quedado con las administrativas, y por esta razón el organismo competente para investigarlo no era el Consejo Superior de la Judicatura, si no la Procuraduría.
En este contexto, la justicia está adportas de emitir un nuevo fallo. Otro conflicto que se genera por la JEP, pero esta vez derivado de diferencias internas que llegaron a los estrados del Ministerio Público.