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Cambio de reglas para ser Registrador Nacional

Se expidió un nuevo reglamento para la elección. Cambios sustanciales en el proceso de designación. Con pocos días de expedida la normatividad, críticos anuncian acciones legales para impedir su ejecución. Predomina el mérito y los conocimientos técnicos por encima de la experiencia de los aspirantes. Varias caras conocidas ya están en campaña.

Por Agencia Periodismo Investigativo |

El próximo 4 de diciembre, Juan Carlos Galindo, finaliza su periodo de cuatro años como Registrador Nacional del Estado Civil. Con un presupuesto de $1.1 billones para este año, una numerosa planta de personal, múltiples contratistas y funciones de trascendencia política por la dirección y organización de los comicios, así como el registro civil e identificación de las personas, lo convierten en uno de los cargos más apetecidos dentro de la administración pública. Sin embargo, una modificación reciente al concurso de méritos, tiene inquietos a los aspirantes que le apostaban a la experiencia antes que al mérito, como regla esencial del concurso.

La elección de Registrador Nacional, está definida en el artículo 266 de la Constitución en la que se dispone que será designado por los presidentes de la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia, mediante un concurso de méritos. 

Un deseado cargo, sobre el cual avanza una discreta pero intensa campaña. Como en las carreras deportivas, vienen punteando en su aspiración dos candidatos. Alex Vega, exmagistrado del Consejo Nacional Electoral, CNE y Orlando Beltrán Camacho, actual secretario general de la Registraduría y mano derecha del registrador Juan Carlos Galindo.

Otros dos nombres fuertes que se han mencionado en diversos sectores políticos están a la expectativa para postularse. Juan Carlos Cortés, actual viceprocurador general de la Nación y Carlos Camargo, director de la Federación Nacional de Departamentos y exmagistrado del CNE.  

Y es precisamente, fundamentados en la ley 1134 de 2007, que dispone que las cabezas de las altas cortes, en su condición de organizadores de dicho concurso de méritos, tienen la facultad de expedir el reglamento de dicha competencia y de convocarlo.

Presidentes


De esta manera, el jueves pasado, Gloria Stella Diaz, Álvaro Fernando García Restrepo y Lucy Jeannette Bermúdez, en su condición de presidentes de la Corte Constitucional, Corte Suprema y Consejo de Estado, respectivamente, produjeron el Acuerdo 002 mediante el cual se establece el concurso de méritos para la elección de Registrador.

En este acto administrativo de nueve páginas, cambiaron las reglas que se venían aplicando hasta el momento y que tenían haciendo cuentas alegres a más de un aspirante, que hasta entonces estaban más concentrados en buscar el guiño de los presidentes que de las pruebas que deben aplicar.

Además de las formalidades de rigor, como es la convocatoria que se realizará dentro de los 30 días calendario a la recepción de la vacancia absoluta del cargo de Registrador Nacional, es decir, al finalizar su periodo; de los requisitos mínimos para participar en dicha convocatoria, como lo son ser abogado, no haber sido condenado con pena de prisión, haber desempeñado, durante 15 años, cargos en la Rama Judicial o Ministerio Público o haber ejercido durante ese periodo la profesión de abogado o como catedrático universitario, no estar incurso en inhabilidades o incompatibilidades y no haber llegado a la edad de retiro forzoso, fueron modificados varios aspectos.

Este hecho ha generado descontento y sorpresa entre varios aspirantes y sus jefes de campaña,  porque ya no se aplicará el Acuerdo 001 de 2007, con el que se llevó a cabo la elección de los últimos registradores, incluidos Carlos Ariel Sánchez y el actual Juan Carlos Galindo. Con las nuevas modificaciones del Acuerdo 002 se cambiaron los criterios para el otorgamiento del puntaje y se incluyó una nueva etapa denominada de selección, a las dos ya existentes, admisoria y clasificatoria.

Con el Acuerdo 001 se estipulaba que el puntaje era de 0 a 1.000. De estos, 700 puntos se determinaban por la experiencia, a la cual se le otorgaba un máximo de 500 puntos. Además, 30 puntos en áreas relacionadas y 10 puntos en otras. Los estudios otorgaban un puntaje de hasta 100, tener una especialización daba 10 puntos, una maestría 25 puntos y un doctorado 50.

Galindo


A la docencia, es decir haber sido profesor universitario en áreas jurídicas, se le otorgaba hasta 50 puntos, cinco por cada año como docente. A las obras jurídicas, que por estos días pululan y según las críticas con más forma que calidad, se les otorgaba hasta 50 puntos. Si el libro era relacionado con el cargo se le asignaban 25 puntos, si era de otras áreas, valía cinco.

Pero con el nuevo acuerdo, el 002,  todo cambia. La primera etapa será la admisoria, en donde se verifica que los postulados cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 266 de la Constitución para ser elegido Registrador. La segunda etapa, denominada de selección, incluye dos pruebas, que de hecho, ya tiene pensativos  a varios  aspirantes. 

En este contexto, los presidentes de las altas cortes determinaron que quienes cumplan con los requisitos, es decir, los que pasen la etapa de admisión, deberán presentar dos pruebas. Una de conocimiento a cargo de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla y otra prueba de competencias que realizará el Departamento Administrativo de la Función Pública. Estas dos pruebas representan 500 puntos. Un verdadero golpe a los aspirantes que estaban acostumbrados a que las pruebas valieran menos y la experiencia más, pues en el anterior acuerdo era de 700 puntos.

Ahora bien, quienes pasen las dos pruebas, de conocimientos y actitud, avanzarán a la siguiente fase, la clasificatoria. En esta, los mejores en las pruebas, ahora sumaran hasta 200 puntos por experiencia y no 700 como estaba estipulado en el acuerdo anterior. 

En cuanto a la calificación por estudios, una especialización tendrá un puntaje de cinco, una maestría 10 y un doctorado 15. Las obras jurídicas ya no representarán un puntaje significativo ya que su equivalencia llegará hasta  solo 20 puntos. Finalmente la entrevista tiene una calificación límite de 300 puntos y será definitiva a la hora de la elección.

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La reciente expedición de la norma ya tiene críticos. De hecho, ya se están alistando acciones de tutela, nulidades del acto administrativo y una serie de herramientas jurídicas, pues advierten que, “ (...) es bastante criticable pues no es posible que la experiencia y estudios de una persona se desconozcan, equiparándose casi a lo mismo un estudio doctoral con una especialización y una maestría” aseguró a la Agencia de Periodismo Investigativo, API, un ex funcionario de la Registraduría, y agregó; “lo extraño de todo es que la entrevista termina valiendo más, 300 puntos, que estos criterios objetivos en los que en el pasado se eligió Registrador Nacional”

Uno de los aspirantes que solicitó no revelar su nombre advirtió, “es importante señalar que la ley 1143 de 2007, la cual se expidió para regir el concurso, no fue modificada. ¿A qué apunta entonces este nuevo Acuerdo, incluyendo pruebas en la Escuela Rodrigo Lara, que en ninguna parte es mencionada por la Constitución y la ley?”.

Pese a ello, académicos consultados, destacaron la decisión de los presidentes de las cortes, al respecto indicaron que los exámenes son la manera idónea de reconocer técnicamente el mérito. “Que el Departamento de la Función Pública realice la prueba de competencias y la Escuela Rodrigo Lara, que capacita a los jueces, la de conocimiento, es una garantía y no como lo que viene pasando en el país, que encomiendan esa misión a centros educativos dudosos y altamente manipulables. Lo mismo ocurre con los libros, pues muchos aspirantes publican obras de baja calidad, incluso que son investigados y escritos por sus auxiliares,  solo por sumar puntos y al final son los estudiantes los que “obligados” terminan comprando esos libros”.

La disputa por la Registraduría apenas comienza. Uno de los cargos más importantes del sector público esta en juego. Las nuevas reglas impuestas ahora anticipan el comienzo de una batalla legal de la cual no se sabe su desenlace y qué tanto dilatará o no la elección. 

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