Se le acaba el tiempo a las autoridades judiciales y a Luis Gustavo Moreno, exdirector de la Unidad Anticorrupción de la Fiscalía, recluido actualmente en una cárcel de Estados Unidos, para hacer efectivo el principio de oportunidad otorgado el 14 de mayo de 2018 y aprobado por un juez tres días después. El próximo viernes 17 de mayo se vence el plazo para materializarse y aún la Fiscalía no ha solicitado audiencia para prorrogar dicho acuerdo de colaboración. Un mecanismo que permitiría conocer quiénes hacen parte del denominado ‘cartel de la toga’ y develar otros tentáculos de corrupción en la justicia colombiana.
Cómo pocas veces sucede en el sistema judicial, esta vez no es el ente acusador el que solicita la colaboración de un procesado para esclarecer un caso y ser testigo de cargo, si no que es el imputado el que busca a la Fiscalía para atestiguar en contra de “poderosos políticos y magistrados de altas cortes”,que como lo afirma el mismo Moreno, participaron en graves hechos de corrupción y por lo tanto deben asumir la responsabilidad de sus actos.
La alerta la encendió el propio Moreno, quien envió un derecho de petición al presidente Iván Duque y al procurador Fernando Carrillo, el pasado 22 de abril. Con esta comunicación, les informó que la orden impartida por el juez de control de garantías, quien luego de cuatro intentos fallidos para avalar el principio de oportunidad, por fin lo aprobó el 17 de de mayo de 2018. “(...) Ordenó que en el plazo máximo de un año (esto sería el próximo 17 de mayo del 2019), se determinará si se procedía a suspender por un año más con el propósito de continuar con la colaboración o si se disponía renunciar al ejercicio de la acción penal”.
El exdirector anticorrupcion inició su carta lamentándose de los hechos que lo llevaron a ser capturado, preso, extraditado y confinado en una cárcel en Estados Unidos, recordó que está alejado de su hija de cinco años por decisión de su esposa de quien dice, “amó profundamente”, pero cuenta que hoy le niega la posibilidad de verla crecer. “En la oscuridad en la que me encuentro, preso en mi dolor y tristeza, en medio de mi angustia por haber perdido mi familia-cosa de la que soy único responsable- le ofrezco a Usted señor Presidente y por su conducta al país: mi arrepentimiento”.
Y es que el exfiscal Moreno también advierte que de no prorrogarse dentro del término establecido por el juez, la suspensión de la accion penal, sus testimonios no podrán ser utilizados. Un hecho que conllevaría a una anulación y como consecuencia la libertad de las personas capturadas y judicializadas por estos hechos y además reintegradas a sus cargos. Lo cierto es que mientras advierte la posibilidad de que se caiga el proceso del ‘cartel de la toga `por no prorrogar aún su principio de oportunidad, el exmagistrado Francisco Ricaurte solicitó su libertad por vencimiento de términos.
En el caso de Luis Gustavo Moreno, el principio de oportunidad se basa en los numerales 4 y 5 del artículo 324 de la ley procesal penal de 2004, es decir, cuando el acusado colabore efizcamente para evitar que los delitos continúen ejecutándose, se realicen otros, se contribuya a la desarticulación de bandas delincuenciales organizadas y se comprometa a ser testigo de cargo , es otras palabras, de la Fiscalía, contra los demás procesados.
Los hechos en los que se decantó el acuerdo entre la Fiscalía y Moreno, se remontan al año 2013 cuando en su condición de abogado litigante habría participado en al menos once casos en los que fungió como intermediario entre algunos ex magistrados de la Corte Suprema de Justicia y políticos en los causas penales que pesaban en contra de dichos servidores públicos, a cambio, de jugosas sumas de dinero.
Refiere también el denominado “modus operandi”. Según el principio de oportunidad, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia que hacían parte del denominado “Cartel de la Toga” le indicaban a Moreno, los procesos que se adelantaban en contra de congresistas, gobernadores, así como de altos funcionarios y ex funcionarios públicos”
Acto seguido, se detalla en el documento, “(...) quien lo iba a contactar y los honorarios que debía cobrar; qué debía hacer con los procesados con el objeto de darles a conocer circunstancias propias de la investigación; cuando los magistrados o ex magistrados iban a realizar acercamientos directos con los funcionarios (senadores, representantes, gobernadores o altos servidores públicos); como recibiría el dinero, el cual luego le sería entregado a los magistrados o ex magistrados que tenían influencias dentro de los procesos de interés” se establece en la resolución 0576 de 2018, expedida por el fiscal general, Néstor Humberto Martínez.
Así mismo, se indica que Moreno, recibió dineros de magistrados y ex magistrados por dicha intermediación, que los togados dilataban o archivaban las actuaciones en contra de los senadores y representantes y que, “los magistrados o ex magistrados, fuera de las discusiones de la respectiva sala de decisión, ejercían injerencia en la toma de decisiones o las influenciaban en virtud del ejercicio de su cargo”.
Luego de rendir interrogatorio en el ente acusador los días 19, 26 y 27 de septiembre de 2017, además de entregar información relacionada sobre el ‘cartel de la toga’, señaló a algunas personas contra las que se comprometió a servir como testigo. En los días posteriores, Moreno, entregó una matriz de colaboración, en la que además de precisar fechas, hechos e información, indicó los nombres de las personas contra las que declararía y que precisamente, según la defensa y el propio exdirector anticorrupción de la Fiscalía, de no prorrogarse dentro del término indicado dicho principio de oportunidad, podrían recobrar la libertad, reintegrarse en sus cargos y sus procesos ser objeto de nulidades.
En otras palabras, según Moreno, su testimonio no sería válido en contra de los ex magistrados Gustavo Malo, Francisco Ricaurte y Leonidas Bustos. Los Políticos, Álvaro Ashton, Mussa Bessaile, Julio Manzur y Luis Alfredo Ramos. Una matriz que amplió para delatar a Juan Carlos Abadía, exgobernador Del Valle, Luis Segundo Gnecco, exgobernador del César, Camilo Ruiz, exmagistrado auxiliar de Gustavo Malo, Nilton Córdoba Manyoma, representante a la Cámara; Argenis Velasquez, representante a la Cámara, Mauricio Lizcano, expresidente del Senado, Julio Gallardo Archibold, congresista de San Andrés y Franklin Chaparro, exalcalde de Villavicencio.
Días después de entregar esta lista y de detallar hechos y fechas, el 30 de abril de 2018, ante el Juzgado 21 Penal Municipal con Función de Garantías, la Fiscalía le imputó al exfuncionario, los delitos de concierto para delinquir, cohecho por dar u ofrecer y utilización indebida de información oficial privilegiada. Dos días después, el fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema de Justicia solicitó la aplicación del principio de oportunidad en la modalidad de suspensión de la acción penal.
Posteriormente, con un concepto favorable de la Corte Suprema de Justicia para su extradición, al ser requerido por la Corte del Distrito Sur de Florida, mediante nota verbal 0945, por los delitos federales de concierto para delinquir, fraude y lavado de dinero, fue entregado a las autoridades americanas, el mismo día en el que quedó en firme el principio de oportunidad.
Sin embargo, adportas de cumplirse un año desde su confinamiento en un penal en los Estados Unidos y de vencerse el acuerdo de colaboración entre la Fiscalía,, la preocupación de Moreno de quedarse solo en el caso del ‘cartel de la toga’ es evidente. El exfuncionario ha evidenciado una eventual caída del proceso por corrupción judicial más importante en la historia del país, en el caso de que no se prorrogue su principio de oportunidad y se empiecen a vencer los términos de los implicados, un asunto que también se refleja en un cruce de comunicaciones entre la defensa de Moreno y la Fiscalía.
El pasado 28 de marzo, la defensa del extraditado, le envió una solicitud a Fabio Espitia Garzón y Jaime Camacho Florez, en su calidad de jefe de la Unidad de Fiscales Delegados ante la Corte y Fiscal tercero ante dicha unidad, respectivamente. En la misiva, su abogado Pedro Aguilar requirió al organismo para que se solicitará con la debida antelación la audiencia ante juez de garantías.
Allí advirtió que dicha audiencia bien sea para que se apruebe integralmente el principio de oportunidad o continúe en estado de suspensión, “debe hacerse dentro del lapso de año siguiente a su aprobación. No cabe la interpretación que se haga la solicitud dentro de este lapso y se realice la audiencia fuera del término del año previsto”. se indica en la misiva conocida por la Agencia de Periodismo Investigativo, API.
Ante la ausencia de respuesta, el 23 de abril la defensa remitió un nuevo requerimiento en el que reprocha que no se hubiera contestado su solicitud, pero a cambio cuestiona que si se hubiera remitido a los medios un comunicado de prensa en el que el ente acusador precisó que el pasado 9 de abril, el fiscal de conocimiento, había radicado solicitud de prórroga del principio de oportunidad y que por lo tanto se inducía a error a la opinión pública al afirmar que no se había solicitado la prórroga y que los términos estaban por vencerse.
Así las cosas, para la defensa de Moreno, un comunicado de prensa no constituye respuesta para un sujeto procesal, ratificó que aún no existe fecha conocida para la realización de la audiencia e indicó que ésta no había sido solicitada por el fiscal del caso. “No entiendo cómo la verdad se induce en error a la opinión pública”. Finalmente, realizó una nueva advertencia, “cualquier actuación u omision, capaz de generar un manto de duda sobre la legalidad de las pruebas aportadas en el marco del principio de oportunidad, podría llegar a generar la impunidad de los más graves hechos de corrupción judicial de que se tenga noticia”.
Una teoría que parece no compartir la Fiscalía, que respondió los requerimientos de la defensa, advirtiendo que, “la concesión del principio de oportunidad cuando se trata de las causales 4 y 5 del art 324 del CPP., corresponde a una atribución legalmente conferida al Fiscal, quien la ejerce con autonomía.” afirmó Jaime Camacho Flórez, fiscal tercero ante la Corte quien reiteró que los términos se pueden prorrogar por quien tiene la competencia, es decir, por el Fiscal General quien según Camacho, “lo hará con estricto apego a la legalidad y a los más elementales principios de derecho”. En los próximos días, se definirá la situación.