Un fallo sin antecedentes acaba de emitir la justicia. El Juzgado Treinta y Cinco Penal de Bogotá, le otorgó 48 horas a la presentadora, modelo y actriz, Jessica Cediel, para que se retracte de los señalamientos que ha hecho, en sus redes sociales y a través de algunos medios de comunicación, en contra del médico Martín Carrillo, luego de que el Tribunal Superior de Bogotá, lo absolviera hace unos meses del delito de lesiones personales por la sustancia inoculada en los glúteos de la presentadora que resultó ser biopolímeros.
Agobiado por los señalamientos de la presentadora, que a pesar de la sentencia absolutoria proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, continuó responsabilizándolo públicamente, ante algunos medios de comunicación así como sus redes sociales de la afectación física en sus glúteos, Martín Horacio Carillo Gómez, no aguantó más. Decidido a hacer valer el fallo de la justicia a su favor en segunda instancia, interpuso una acción de tutela, en contra de Jessica Cediel para que se retracte de los señalamientos que ha realizado en su contra.
Es así, como el galeno, le cuenta su historia al juez de tutela. Afirma que su desgracia empezó cuando la modelo y presentadora Jessica Eliana Cediel Silva, denunció a través de un programa de televisión haber sido víctima de biopolimeros y lo responsabilizó a él primero, ante la opinión pública y luego ante la Fiscalía.
Agregó que los señalamientos realizados por la presentadora le ocasionaron amenazas de muerte y “reacciones que acabaron con su reputación, profesión, consultorio y finanzas”, así mismo que Cediel, al afirmar públicamente que él no era médico cirujano, que se anunciaba como tal, pero que no cumplía con los requisitos para realizar los procedimientos médicos y finalmente que esté la engañó ofreciéndole ácido hialurónico cuando se trataba de otra sustancia.
Destaca que cuando él se enteró de dichas lesiones, acudió al ente acusador para que indagara y estableciera los responsables de las lesiones en el cuerpo de la presentadora. Toda vez que a su juicio constituía, un delito contra la salud pública, pues él aplicó ácido hialurónico, bajo el convencimiento dice de que realmente era esa sustancia y no biopolimeros, como resultó ser, según los análisis realizados.
Afirma que si bien el juzgado 13 penal municipal de Bogotá, lo condenó por el delito de lesiones personales por dolo eventual, es decir, que dejó al azar el resultado, el Tribunal, revocó dicha sentencia el pasado 04 de marzo y agrega que, “concluyendo que las lesiones causadas a la accionada no se debieron a una mala praxis de su parte, que no contara con los permisos XVI. La experiencia necesita o que de manera dolosa haya querido engañar o afectar la salud de la demanda, sino a que el producto Hialucorp utilizado en el procedimiento no contenía los componentes indicados en el registro Invima, situación que asegura estaba fuera de su conocimiento”.
Carrillo afirma que una vez Cediel conoció el fallo absolutorio inició en su contra un ataque mediático por emisoras y programas de televisión y en su cuenta personal de Instagram, “poniendo nuevamente en tela de juicio su nombre” dice.
También aportó como evidencia imágenes de la cuenta en Instagram de la presentadora en la que Cediel afirmó, “Caí en el engaño” y compartió dos fotos en las que señaló que llevaba más de 10 años padeciendo una enfermedad de la cual no fue advertida, y señalando nuevamente a Martín Carrillo como el responsable. Asimismo en el programa del 16 de junio Los Informantes del Canal Caracol. En donde según Carrillo realizó nuevamente aseveraciones en su contra, “recalcando que lo importante es caer en buenas manos, dejando nuevamente su nombre por el suelo”.
Carrillo advirtió que, “...la accionada no puede seguir difamándolo sin restricción alguna como lo ha venido haciendo desde hace más de diez (10) años, menos cuando fue hallado inocente por el Tribunal Superior de Bogotá y que las pruebas indican que él también es víctima de la comercialización de un producto fraudulento aprobado por el Invima”
El juez, encontró vulnerados los Derechos fundamentales a la honra y buen nombre así como la presunción de inocencia, establecidos en los artículos 15 y 29 de la Constitución. Aunque Jessica Cediel, a través de su abogado, respondió la acción de tutela afirmando que, “las manifestaciones por ella vertidas tanto en medios de comunicación y redes sociales , narran su experiencia a lo largo del proceso que ha tenido que vivir, lego de ser víctima de la iniciación de biopolímeros por parte del aquí accionante y que están apegados a la realidad; alegando que en todo caso, quien la ha difamado , ha sido el accionante, al exponer ante medios de comunicación que ella padece dismorfia corporal, enfermedad psicológica y que la ha atacado a través de redes sociales”.
A pesar de la respuesta de la presentadora, el juez, determinó que efectivamente la modelo Cediel vulneró la honra y el buen nombre de Carrillo con las aseveraciones que ha realizado en sus redes sociales ya través de algunos medios de comunicación, posterior al fallo absolutorio del Tribunal pues, “(...) no puede pretender la accionada tener un juicio más acertado que dicha colegiatura, que bajo los principios de imparcialidad, legalidad, publicidad y contradicción , analizó las pruebas allegadas al juicio oral y emitió una sentencia debidamente motivada conteste con la realidad probatoria del proceso, decisión que debe aclararse, no le corresponde a esta judicatura analizar”.
Finalmente le advierte a Cediel que si bien existe la libertad de expresión ésta debe hacerse con límites. Por tal la razón, el juez le ordenó a la presentadora que proceda a emitir un comunicado de retractación de la declaración de culpabilidad que realizó en contra de Martín Carillo en su cuenta personal de la red social Instagram, teniendo en cuenta que “ no es cierto lo aseverado por ella en ese sentido, así mismo se le ordena en lo sucesivo se abstenga de hacer señalamientos en contra de Martín Carrillo que se aparten de la realidad.