Las dos telenovelas más exitosas en la Historia de la televisión colombiana, Café con aroma de mujer (1994) y Yo soy Betty la fea (1999) fueron escritas por Fernando Gaitán.
La primera, fue protagonizada por Margarita Rosa de Francisco y Guy Ecker; alcanzó un share de 69.9% hogares, diez millones de televidentes, tres adaptaciones por parte de TV Azteca en 1995 y 2001 y por Televisa en el año 2007.
La segunda, protagonizada por Ana María Orozco y Jorge Enrique Abello, va por su cuarta repetición en la televisión nacional. Es una de las más vistas en la plataforma Netflix. Ha sido emitida en más de 180 paises. Doblada en 25 idiomas y ha tenido más de 28 adaptaciones en el mundo. Incluso, en el año 2010, ingresó al libro de los Guinness Records como la más exitosa de la historia.
Mientras Betty la fea sigue triunfando en Netflix y Café con aroma de mujer revivirá con una nueva adaptación protagonizada por Laura Londoño y William Levy, un pleito relacionado con el creador de estos dos dramas, Fernando Gaitán, busca reactivarse en la Fiscalía.
Desde hace dos años, los abogados de Fernando Gaitán, quien falleció el 29 de enero de 2019, a los 58 años de edad por un infarto, han solicitado ante los jueces de garantías desarchivar la noticia Criminal 2016-11998 que interpuso el libretista en contra de Diego Hernán Morales Aristizabal, representante legal de la firma Inmobiliaria Hermanos Morales Ltda, por el presunto delito de estafa.
La historia se remonta al año 2014 cuando el genio de las telenovelas navegando por internet, encontró que dicha inmobiliaria ofrecía en la carrera 15 con calle 102 un lugar con capacidad para 2.000 personas destinado a realizar eventos masivos.
Gaitán llevaba semanas buscando un lugar donde pudiera hacer montajes teatrales, y ofrecer servicios de bar y restaurante. En el sitio web de la empresa se promocionaba el lugar como, “proyecto OPA (...) especial paga atención masiva de público o de alto tráfico de personas”.
Convencido de que había encontrado el lugar, Gaitán y Morales, el 29 de marzo de 2014, suscribieron un contrato de arrendamiento comercial con una vigencia de 60 meses contados a partir del primero de abril de ese año y con un canon mensual de $68 millones, el cual aumentaría gradualmente.
El libretista quien suscribió el contrato como representante legal de Inversiones Gaitán Gonzalez, contrató a dos empresas para que se encargaran del estudio de adecuación con fines estéticos y de la obra como tal. Para ello acordó los servicios de Pulso Design y ARC Constructores.
Sin embargo, estas firmas le comunicaron que para la obtención de la licencia de construcción y funcionamiento el edificio debía ser sometido a cambios de fondo, pues el inmueble presentaba problemas estructurales que no permitían desarrollar el objeto para el cual se había arrendado.
Así las cosas, fue necesario ejecutar obras de escaleras de evacuación, escaleras de emergencia, sistemas de evacuación de personas, redes hidráulicas y sistemas contra incendio.
Según el expediente que se adelantó en los juzgados civiles y en la Fiscalía, la adecuación superó los $2.300 millones y aunque la inmobiliaria aprobó dichas obras, luego guardó silencio frente al monto de la inversión realizada por Gaitán.
“La única manifestación por parte de los propietarios fue reconocer un monto irrisorio de $12 millones que propusieron deducir de un canon de arrendamiento”, se advierte en una de las actuaciones del proceso, conocido por la Agencia de Periodismo Investigativo, API.
Con unos perjuicios que ascendieron a los $8.000 millones, según los tasó el abogado del libretista. Por ello, junto a su cliente acudieron ante los jueces civiles para que se pronunciaran respecto a los presuntos vicios ocultos que impidieron que el inmueble no se pudiera destinar para lo cual fue arrendado.
El escritor también acudió ante la Fiscalía y denunció a Morales por el presunto delito de estafa pues a su parecer, “Morales Aristizábal se lucró indebidamente del cánon de un bien que no servía para el objeto del contrato, generándole un correlativo perjuicio que supera los $8.000 millones”.
No obstante, Julio A Valbuena, Fiscal 144 Seccional decidió archivar la denuncia porque a su juicio el asunto denunciado por el libretista era de naturaleza civil y no penal, “relata hechos que tiene que ver con un incumplimiento a un contrato de arrendamiento”, aseguró en su determinación procesal.
De igual forma, en la decisión estableció que los hechos y pruebas no cumplían con los requisitos del Código Penal en cuanto a tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad.
Inconforme con la decisión del fiscal del caso, el propio Fernando Gaitán, decidió continuar con la batalla, pues para él era inconcebible que estuviera pagando más de $60 millones mensuales de arrendamiento. Además su defensa aseguró que incurrió en gastos multimillonarios para adecuarlo pero al final no pudo poner en funcionamiento y tampoco sus dueños recibían el inmueble, “hasta tanto no retirara las acciones legales emprendidas”.
Para el abogado de Gaitán, y según lo expuso en su memorial, no procedía el archivo de la denuncia, pues si bien es cierto, el derecho penal debe ser la última instancia a la hora de resolver un conflicto, el deber de la Fiscalía es investigar una conducta que tenga las características de un delito.
“La Ley 906 establece en el artículo 79 que la única forma de archivar una indagación preliminar es por un argumento de tipicidad objetiva, lo que se entiende como que los hechos no se corresponden con un delito (en este caso con la estafa), destacó el abogado Felipe Peláez.
“Nosotros estamos convencidos de que ese no es un argumento para ello porque el hecho de que el derecho penal sea subsidiario es un mensaje para el Congreso, no para los ciudadanos“, indicó el defensor de los herederos de Fernando Gaitán quienes en su condición de accionistas de la empresa, intentan que se haga justicia con el tema que no dejó dormir tranquilo a Gaitán hasta el último de sus días.
Agregó que en el sistema penal acusatorio y en virtud de la reiterada posición de la Corte Suprema de Justicia, la víctima de un delito tiene la calidad de ser un interviniente especial y tiene el derecho de insistir en el desarchivo de un proceso. Es por ello, que solicitó el desarchivo y se continúe con la indagación de la denuncia.
Por su parte, la empresa denunciada aseguró que ellos son los propietarios del inmueble y que existe la licencia de construcción del año 2009 en el que se determinó el uso del inmueble. Así mismo, aportó las actuaciones en materia civil frente al caso y consideró que no tiene responsabilidad alguna en el caso.
El legado de su padre, en lo que tiene que ver con hacer valer sus derechos como el mejor libretista del país, está ahora en manos de Luisa Gaitán. Lleva dos años intentando que se haga justicia pero el denunciado Diego Hernán Morales Aristizabal asiste a las audiencias sin abogado y la defensoría pública no le asigna ningún abogado de oficio, por esta razón no se ha podido realizar la audiencia de desarchivo del proceso.
La familia de Fernando Gaitán, a través de sus abogados, seguirá insistiendo en el proceso que está muy lejos de ser una telenovela, de esas que hace más de tres décadas escribió con rotundo éxito, el libretista más reconocido del país.