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Tras 30 años de actividad condena a constructor ilegal en cerros orientales de Bogotá

En histórica decisión, primer empresario que acaba de ser condenado por un juez, al edificar ilegalmente proyectos urbanísticos en el pulmón ambiental de la capital y del municipio de La Calera. Génesis de una deforestación.

Por Agencia Periodismo Investigativo |

La juez 23 penal del circuito de Bogotá condenó a 48 meses de prisión a uno de los urbanizadores más polémicos de los cerros orientales de Bogotá y del municipio de La Calera en Cundinamarca. Se trata de Ricardo Vanegas Sierra de 72 años de edad y representante Legal de la Constructora Palo Alto & Cía S. en C, una empresa constituida mediante escritura pública el 4 de octubre de 1989 con el objeto de ejecutar proyectos de explotación minera.

La primera vez que el país conoció de esta empresa y de su representante legal fue en julio de 1994 cuando otro juez, también en lo penal le ordenó al entonces alcalde de Bogotá Jaime Castro y a su jefe de Planeacion Distrital, Andrés Escobar,  aprobar una urbanización en los cerros de Bogotá cerca al Politecnico Grancolombiano y en favor de esta constructora. A través de ese controvertido fallo de tutela se impuso la construcción de 180 viviendas por hectárea en un predio de 52.455 metros cuadrados.

En la década de los noventa la normatividad permitía 30 viviendas por hectárea. La alcaldía por decreto acababa de prohibir urbanizar de la misma manera en las Sierras del Chicó. De esta forma, el alcalde Castro y su jefe de Planeación quedó contra las cuerdas Escobar,  quien luego de una carta del juez que ordenaba admitió haber desconocido el debido proceso de Vanegas y su constructora por no haberlo notificado pero se negó a expedir la nueva resolución.

El juez insistió y le envió una carta al alcalde Castro requiriendo la expedición de una nueva resolución y adjuntándole el plano de la constructora, está ya no era de 180 viviendas si no de muchas más. Así las cosas, Escobar profirió la resolución 1020 de 1994 que inició con un particular encabezado, “en contra de mi convicción como funcionario público procedo a dar estricto cumplimiento a la orden del juez 52 penal municipal”.

Han pasado más de dos décadas desde entonces y los cerros de Bogotá de frondosos bosques cedieron sin contemplación ante el concreto de los urbanizadores. Pero hoy la historia de Ricardo Vanegas Sierra el hombre que puso contra las cuerdas al alcalde de Bogotá Jaime Castro y a los cerros de Bogotá es distinta.

Jaime CASTRO
Jaime Castro, Alcalde de Bogotá (1992-1994) y actual ministro de Relaciones Exteriores.

 

Ahora es Vanegas quien está contra las cuerdas de la justicia y con una condena a cuestas por los delitos de usurpación de aguas, invasión de áreas de especial importancia económica y explotación ilícita de yacimiento minero.

La historia se remonta a 1992 cuando Vanegas Sierra solicitó al Ministerio de Minas y Energia una licencia para la exploración de un yacimiento de materiales de construcción en el predio Las Lomitas con un area de 27 hectáreas y 2430 metros cuadrados en el municipio de La Calera, Cundinamarca.

Un mes después, otro empresario, Jorge Ponguta Orduz solicitó una licencia de exploración minera de 160 hectáreas en el mismo predio. El 4 de enero y el 7 de enero de 1993 la entidad otorgó los títulos mineros 16569 y 16715 respectivamente. El primero por un término de un año prorrogable y el segundo por dos años.

Dichos contratos de concesión tenían una cláusula que obligaba que al vencerse el plazo de la explotación estaban obligados a presentar, además de el informe final de exploración, el programa de trabajos de inversiones, la delimitación de la zona y la declaración de impacto ambiental.

Tres años después los dos títulos mineros fueron cedidos a la Sociedad Constructora Palo Alto y Cía, de propiedad de Vanegas Sierra. Sin embargo, en adelante vino un pleito jurídico con la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, pues en 1997 la entidad ordenó la ejecución de un Plan de Manejo de Restauración Ambiental. De hecho, dos años después advirtió que sólo se había reforestado 300 metros cuadrados y dejó consiganadas varias recomendaciones, meses más tarde hizo otros requerimientos.

CAR
La cadena de montañas que conforma la reserva forestal Bosque Oriental de Bogotá, ubicada en el casco urbano de la capital, tiene una extensión aproximada de 13.142,11 hectáreas.

 

En el año 2001, la CAR en un informe técnico estableció que se presentaron incumplimientos de las medidas de recuperación ambiental. Así mismo, se pronunció respecto a una obra vial que había ejecutado Ricardo Vanegas sin  licencia ambiental.

Con un detalle adicional, ese mismo año, en otro informe técnico del 25 de enero de 2001, la entidad ambiental aseguró que no continuaría con él el proceso de aprobación del Plan de Manejo y Restauración Ambiental.

Ese mismo año, la Asociación de Usuarios del Acueducto Real de San José El Triunfo  y de la Junta de Acción Comunal de la Vereda San José del municipio de La Calera interpusieron una Acción Popular ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en contra  del Ministerio de Minas evidenciando que las licencias de explotación que dicha entidad otorgó generaban daños ambientales en zonas protegidas, afectación en la fauna y flora y alteraciones en la topografía.

Aunque en el Tribunal la acción no prosperó, sí lo hizo ante la sección Quinta del Consejo de Estado que protegió el derecho de sus habitantes de un ambiente sano. Inconforme con el fallo, Ricardo Vanegas acudió a todo mecanismo jurídico para intentar revocar la resolución de la CAR.

La entidad ambiental en el año 2009 ordenó la suspensión de las actividades y la captación de aguas de la quebrada El Ocal e inició un trámite sancionatorio en contra de la compañía Palo Alto y se decretó la caducidad del contrato de concesión.

MINERIA
Según un informe de la Universidad Nacional, el 46,35 % (1.982.778,77 hectáreas) de los títulos mineros está en manos de grandes multinacionales, abarcando estos el 1,75 % del territorio nacional.

 

A pesar del pronunciamiento del Consejo de Estado y de la CAR en el lugar se realizaron explotaciones que fueron calificadas por la Fiscalía como ilegales. El 15 de octubre del 2014 se realizó una diligencia de registro y allanamiento del lugar y se encontró maquinaria de trabajo como retroexcavadora y trabajadores en una cantera , perdida de la capa vegetal, piscinas que contenían agua turbia y un sinnúmero de pruebas que evidenciaban minería ilegal.

En el juicio y en la sentencia se conoció la declaración de uno de los vigilantes que trabajaron en el lugar desde el año 2006 hasta el 2016. El testigo advirtió que su función era recorrer el lugar conocido como el arenero El Santuario que su horario era de seis de la noche a seis de la mañana y confirmó la explotación ilegal.

Una declaración en donde además afirmò que Ricardo Vanegas tenía perros para impedir el ingreso de los funcionarios de la CAR, no obstante quienes si ingresaban con frecuencia eran integrantes de la Policía pero nunca pasaba nada en el lugar.

Finalmente afirmó que el sector donde vivía era de propiedad de Ricardo Vanegas que se lo había entregado sin escritura por los salarios atrasados y que en aquel lugar vivían entre cuatro y seis mil personas en una urbanización hecha por Vanegas que estaba en un area protegida, todos tenían una promesa de venta.

En el proceso penal en contra del urbanizador se evidenció otra situación. La titular del dominio de unos lotes en la otrora hacienda Lomitad es Alva Tulia Peñarete Murcia. A pesar de esto, Vanegas en el año 2012 interpuso una demanda de pertenencia para intentar quedarse con el lote, pero seis años después confesó que no era poseedor de dicha propiedad.

LA CALERA
De las 13.142 hectáreas de los Cerros Orientales, 57,05% estás destinadas para preservación, el 35,63% para restauración, el 3,19% para recuperación ambiental, el 3,42% para uso sostenible y tan solo el 0,69 para uso público: CAR

 

“Además, existe otra investigación en Fiscalía, pues el hoy acusado y personas que el testigo denominó como sus testaferros siguen ofreciendo y vendiendo lotes”, se aseguró en la sentencia condenatoria. Otro de los reproches realizados por la justicia a Vanegas es que además de lo anterior este, “se salió del área de la licencia”.

El área de la concesión implicaba una parte de la reserva de la cuenca alta del Río Bogotá que le pertenecen a La Calera y otra de los Cerros Orientales de Bogotá, lo que hizo Vanegas fue explotar parte de esta segunda reserva conocida como Bosque Oriental de Bogotá, declarada como tal en 1977.

La sentencia condenatoria también llamó la atención que la Corte Constitucional se pronunció sobre este caso en el año 2004, profiriendo una sentencia que es referente judicial ambiental en Latinoamérica.

En la audiencia pública que realizó el alto tribunal Vanegas intentó alegar que nadie conocía que esa zona era una reserva ambiental. El magistrado ponente reprochó esta afirmación de Vanegas pues él era quien había demandado el acto administrativo que constituyó la zona como reserva.

“Si Vanegas Sierra sabía que era una area de reserva, la solicitud de la concesión de la licencia en sí misma resultaba fraudulenta, pues invitaba al servidor público a errar o a ser cómplice de su actuar ilegal”, estableció en su momento la Corte Constitucional, lo paradójico es que después de este pronunciamiento Vanegas continuó con las obras de explotación.

AUDIENCIA
El 28 de marzo del 2014, un fallo del Consejo de Estado resolvió acciones populares interpuestas desde hace 23 años, encaminadas a la descontaminación, recuperación y conservación del Río Bogotá y sus afluentes.

 

En virtud de lo anterior la juez Susan Tovar Bonilla declaró penalmente responsable a Ricardo Vanegas por los delitos de invasión de áreas de especial importancia ecológica y explotación ilícita de yacimiento minero, en modalidad de delito continuado.

Aunque fue condenado  a 44 meses de prisión se decretó la suspensión condicional de la ejecución de la pena por no tener antecedentes penales y porque ésta fue inferior a 48 meses.

La sentencia fue apelada por la defensa de Vanegas y ahora pasa a segunda instancia en el Tribunal Superior de Bogotá. Se constituye la primera en su género por afectar los cerros orientales de la capital para convertir un pulmon forestal en arena. Una lección para los constructores que edifican sus proyectos por encima de las normas vigentes.

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