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Primera condena por piratear los partidos del fútbol profesional colombiano

En un fallo sin antecedentes, el Tribunal Superior de Bogotá ratificó la condena a mujer que a nombre de una empresa comercializaba los partidos del rentado local. Magistrados envían mensaje a distribuidores ilegales en el sentido que es un delito que se paga con prisión.

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Por Agencia Periodismo Investigativo |

Francy Yamid Cuenca Valencia, quien fungía como gerente de una empresa local comercializadora de partidos del rentado local, perdió por goleada.  El Tribunal Superior de Bogotá le confirmó que pasará 60 meses en prisión por vender, recepcionar, difundir y distribuir de manera ilegal la señal del canal del fútbol, colombiano Win Sports. 

Una severa  decisión que envía un mensaje a distribuidores no autorizados o comercializadores ilegales que aprovechando algunos esquemas tecnológicos no convencionales y prohibidos por la ley, toman la señal del canal que tiene los derechos exclusivos del rentado local y la revenden a los usuarios.

Según reportes divulgados por la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones, Andesco, a junio de 2019, cerca del 45% de los usuarios de la televisión paga tienen señales ilegales. Un servicio ilegal que están recibiendo cerca de cinco millones de hogares en el país, pero que con la sentencia del Tribunal se reitera que es delito.

Por su parte, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Mintic, entidad oficial encargada de generar mecanismos para prevenir y controlar la emisión de señales y contenidos ajustados a la ley, tiene estudios que señalan los efectos nocivos de la piratería en la televisión paga.

En concepto del ministerio, además de ser un delito, la distribución indebida de las señales evita el pago de contribuciones al sector para el desarrollo y fomento de una mejor televisión pública sino que impide la promoción de puestos de trabajo en la industria y el reforzamiento de la infraestructura de la señal en regiones apartadas o de extrema pobreza en el país.

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La decisión del Tribunal se originó el 9 de julio de 2018, cuando funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigaciones, CTI de la Fiscalía, con orden judicial en mano allanaron siete inmuebles ubicados en Bogotá.

Se tenía información que se estaban ofreciendo, comercializando y redireccionando de manera ilegal la señal del canal deportivo con los contenidos de los partidos de fútbol y toda la programación noticiosa de los clubes profesionales.   

Un operativo, que se adelantó de  manera simultánea con efectivos que irrumpieron en varias edificaciones de los barrios Candelaria Sur, San José, Bosa y San Cristobal, ubicados al sur de Bogotá.  

En uno de estos inmuebles ubicado en la calle 16 I # 99-49 en la localidad de Fontibón en el occidente de la capital de la República, se encontraron diversos  elementos de telecomunicaciones y material impreso de promoción de la señal del canal bajo otra denominación.  

Allí funcionaba la empresa denominada TV PAU o Fibranet. Un lugar provisto con antenas de transmisión, receptores de señal desde donde se redireccionaba la señal del canal Win a quienes, sin saber que era ilegal, pagaban regularmente una suma mensual por esta.

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Pero los investigadores fueron más allá, incautaron 8.000 volantes de la empresa Fibra Net en el que promocionaban el canal Win Sports, otros 10.000 de la empresa Cablemás y Colombia Digital y dos pancartas con el logo promocional.

Con otro antecedente. Mediante la resolución 185 de 1996, la entonces Comisión Nacional de Televisión autorizó a Tv Pau a funcionar únicamente en Paujil, Caquetá, en un contrato de concesión que suscribió Luis Leobardo Perdomo Chauz.

Cuenca Valencia, fue capturada en flagrancia. Durante el juicio oral en su defensa argumentó que ella había adelantado el proceso para obtener el contrato con Win Sports pero dice no recibió respuesta. Así mismo, aseguró que la publicidad encontrada por los agentes del CTI en los operativos no significaba nada.

El abundante material probatorio conllevó a que en primera instancia, el juez 27 penal del circuito la condenara a 60 meses de prisión. Fue sentenciada por los delitos de violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos, otras defraudaciones y usurpación de derechos de propiedad industrial.  Debido a que no era reincidente el juez le sustituyó la prisión intramural por domiciliaria.

Su defensa apeló el fallo argumentando lo mismo que había advertido en juicio, sin embargo, en fallo proferido por el Tribunal Superior de Bogotá, confirmó la condena a 60 meses de prisión y el pago de una multa de 27 salarios mínimos.

Con ponencia del magistrado Leonel Rogeles Moreno, este determinó que al no mediar un contrato de distribución de señal no se podía difundir ese canal de suscripción como se estaba haciendo. Asi mismo, el togado advirtió que la norma es clara al disponer que dicha autorización debía ser clara, previa y expresa por parte del titular de los derechos correspondientes.

“En consecuencia como no se llegó a celebrar el contrato exigido en estas operaciones comerciales tal como quedo establecido en el numeral anterior, la acusada no tenía forma legal de obtener la tarjeta de seguridad que Win Sports ha dispuesto como un mecanismo de protección para el uso de su canal”, asegura, Rogeles en la decisión contenida en una providencia de 19 páginas y proferida ademas por los magistrados José Joaquín Urbano y Jairo José Agudelo. 

Al respecto de la decisión de la justicia, Fernando Azuero, vicepresidente jurídico  de Win Sports indicó que es el producto de un trabajo conjunto de dos años para demostrar con certeza los delitos que se estaban cometiendo contra el canal.

“Es un fallo histórico para la industria de las telecomunicaciones y representa un golpe contundente para la piraterìa de la televisión por suscripción en el país. Las acciones ilegales tienen consecuencia y esta no iba a ser la excepción”, puntualizó el directivo.    
 

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