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Nuevo round en disputa entre Piedad Córdoba y Alejandro Ordóñez

Cuando se esperaba que la justicia pusiera punto final a los mutuos señalamientos entre el embajador y la excongresista, acaba de decidir que los procesos en su contra continuarán por separado. Fiscal solicitó preclusión en ambos casos pero su postura no fue aceptada. A Ordóñez lo juzgará la Corte Suprema y a Piedad Córdoba, un juez de la República.

Por Agencia Periodismo Investigativo |

Hace cuatro semanas, a instancias de la  Corte Suprema de Justicia, se realizó una audiencia de preclusión de investigación en favor del exprocurador, Alejandro Ordóñez y de la exsenadora, Piedad Córdoba por los delitos de injuria y calumnia. Según el argumento del fiscal segundo delegado ante ese alto tribunal, los señalamientos mutuos entre el exprocurador y la exsenadora, que conllevaron a que los dos se denunciaran mutuamente, debía finalizar. No obstante, el proceso contra ambos continuará pero en instancias diferentes; la Corte Suprema seguirá conociendo el caso de Ordóñez y un juez de la República, resolverá el asunto penal de Córdoba.

Los hechos se remontan al 27 de septiembre de 2010 cuando Alejandro Ordoñez, quien para entonces ostentaba el cargo de Procurador General de la Nación, destituyó e inhabilitó por 18 años para ocupar cargos públicos a  Piedad Córdoba. Según el jefe del Ministerio Público estaba probado que la exsenadora colaboró y promovió el otrora grupo armado ilegal, Farc. Seis años después, el 9 de agosto de 2016, el Consejo de Estado tumbó el fallo del procurador Ordóñez y  declaró la nulidad de dicho acto administrativo.

Días después en una entrevista radial, el procurador Ordóñez afirmó que él tenía la certeza de que la excongresista era alias ‘Teodora Bolívar’ y que ratificaba sus vínculos con dicha organización guerrillera e insistió que existían pruebas diferentes a las que tuvo en cuenta el Consejo de Estado para proferir el fallo en el que revocó la sanción impuesta por la Procuraduría.

La exsenadora interpuso entonces una denuncia por injuria y calumnia en contra del procurador Ordóñez. Sin embargo, a mediados de 2017, al salir de la audiencia de conciliación a la que fueron citados tanto ella como el exprocurador, Córdoba entregó una declaración a un medio de comunicación que generó que el procurador Ordóñez también la denunciara por injuria y calumnia. “Estaba cansada de la actitud del entonces Procurador, que en uso arbitrario de sus funciones se dedicó a una persecución acérrrima en contra de ella por ser mujer, por ser afro descendiente, por ser una mujer progresista, por defender las minorías sexuales y políticas” afirmó.

 

Consejo de Estado

Así las cosas, ante los señalamientos y denuncias mutuas, el fiscal, amparado en una norma del Código Penal que señala que cuando hay injurias y calumnias recíprocas se pueden declarar exentos de responsabilidad a los injuriantes o calumniadores. Un hecho que daría lugar, según el representante del ente acusador, para la preclusión de las investigaciones.

Sin embargo, la Corte determinó que si bien el exprocurador Alejandro Ordóñez, ya no goza de la investidura de jefe del Ministerio Público, los hechos por los cuales fue denunciado si se presentaron no solo cuando tenía esa condición sino que además estos se desplegaron en virtud de la condición propia de su cargo. En concreto, cuando concedió las dos entrevistas en radio en las que realizó señalamientos en contra de Piedad Córdoba los hizo en virtud de la sentencia del Consejo de Estado que revocó la sanción impuesta por el organismo en contra de la excongresista e incluso en las declaraciones advirtió que su posición no era personal sino de la entidad de la cual era el jefe máximo.

El obstáculo se generó al estudiar el caso de Piedad Córdoba, la Corte desechó el argumento del fiscal de que el alto tribunal fuera el competente para conocer la denuncia por injuria y calumnia que en su contra había interpuesto el exprocurador Alejandro Ordóñez, pues el 2 de junio de 2017 cuando ella entregó unas declaraciones a un medio de comunicación en las que señaló que el exfuncionario la perseguía por su condición de mujer, afrodescendiente y progresista ya no tenía la investidura de parlamentaria toda vez que había sido destituida por el Ordóñez y sin que hubiera aspirado a ocupar una curul en el Senado o en la Cámara en los periodos posteriores.

En otras palabras, la Corte advirtió que no existía conexidad para conocer de la preclusión en los dos casos, pues legalmente el alto tribunal solo puede conocer en primera instancia de procesos que involucren a funcionarios con fuero. Un hecho que solamente favorece a Ordóñez. De igual forma manifestó que la ley y la jurisprudencia en casos similares en los que han estado procesados un funcionario con fuero y otro sin este, se ha decidido romper la unidad procesal, es decir, que el que no ostenta un fuero, su caso debe ser conocido por un juez de la República y no por la Corte Suprema, máximo tribunal penal de la justicia.

Farc

El alto tribunal indicó que si bien existe una relación entre los señalamientos de Ordóñez hacía Córdoba y viceversa, esto  no significa que la decisión de la justicia vaya a ser idéntica pues son las autoridades judiciales las encargadas de valorar el material probatorio y adoptar la decisión que corresponda. En consecuencia, se decretó la ruptura de la unidad procesal lo que generó que la Corte continuará conociendo lo competente respecto al exprocurador Ordóñez.

En cuanto a la excongresista Piedad Córdoba, el caso pasará a conocimiento de un juez de la República, es decir, que el particular proceso por injuria y calumnia entre dos personajes antagónicos aún no se resuelve y por el contrario va a otras instancias.  

Ha pasado más de una década de rivalidad entre los dos personajes. Hoy, Alejandro Ordóñez, es embajador de Colombia ante la Organización de Estados Americanos, OEA. Por su parte, Piedad Córdoba, fue candidata presidencial y sigue siendo activista política, a través del Movimiento Poder Ciudadano. Un enfrentamiento que no cesa, se prolonga  y en donde la justicia tendrá la última palabra.     

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